SI ESTAN ACREDITADOS LOS APORTES EN LA BASE DEL ANSES. NO ES NECESARIO PRESENTAR CERT. SERVICIOS???
hola... podes no presentar certificacion de servicios invocando resolucion 980 en la medida que todos salgan en el sipip.
La diferencia la tenes en que si las remuneraciones con las cuales van a regular el beneficio estan dentro de los años en lo que vos invocas resolucion 980 no te las toman.
Traduccion: la resol. 980 te sirve para que se te acrediten los años y punto. No toman ni las remuneraciones ni el caracter diferencial de los servicios.
Te explique medio raro. si no me entendes decime que me esmero un poco mas.
