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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #249323  por aguchi
 
Ya lo consulte (perdón por lo reiterativa) pero quiero estar segura antes de aconsejar.
A una empleada en blanco de un establecim. de salud (odontológico) entra en licencia por enfermedad, hepatitis. A los 15 días le diagnostican el tipo: Hep. B.-
Está en el listado.
No le hicieron preocupacional.
La empleadora debe denunciar la enfermedad a la ART, no? Aunque luego esta pueda excusarse en que era preexistente?
Gracias!
 #249327  por DAL
 
Si, se debe avisar a la ART.
Para ser preexistente por lo menos debio constar en el preocupacional.
Determinarlo por pericias no es del todo facil.
 #249330  por DAL
 
El aviso a la ARt lo hace el empleador, usualmente a instancias del trabajador. Si no lo hizo se notifica que se padece tal enfermedad, que ello fue contraido en el trabajo, y que se otorguen las prestaciones médicas, y en su caso indemnizatorias, por sí o por terceros (que sería la ART, tercero contratada a tal efecto).

Saludos!!
 #249337  por aguchi
 
Gracias por responder DAL!
Mi cliente es la empleadora.
POr eso me temo que después la ART no quiera cubrir la enfermedad porque al no haberse hecho el preocupacional aduzca que era preexistente.
Sigue vigente el listado del decreto 658/96, no?
 #249429  por DAL
 
Ahhhhhh, ni te preocupes: ellos tampoco hicieron periodicos.
NI idea si esta vigente.
Fijate en infoleg.