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  • mostrar los bolsos en el supermercado?! No!

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #251347  por katatonia
 
En base a este articulo que salio ayer en el diario, me gustaria informarme adecuadamente del tema

http://www.rosario3.com/comunidad/perio ... dNot=39010


El articulo dice lo siguiente...
Imagen

“Este es un cartel que aparece a la entrada de un conocido local de un conocido supermercado, Ahora me pregunto, ¿esto está de acuerdo a la reglamentación vigente?, más precisamente al artículo 168 del Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe. Sería bueno que nos informáramos de nuestros derechos, para luego poder reclarmarlos”, desarrolló en torno a una práctica que es extensiva a otros comercios.

El artículo al que hace referencia Alexis establece: “La requisa personal deberá justificarse fundadamente cuando hubiera motivos razonables para presumir que alguien oculta consigo cosas relacionadas con un delito. Antes de proceder a la requisa se lo invitará a exhibir el objeto cuya ocultación se presume”. La norma aclara que "se asegurará el respeto por la dignidad del requisado”.



Por lo tanto para resumir, y estar bien informado al respecto y que nadie avasalle sobre la privacidad del otro...

1. ¿si no se me acusa puntualmente de tener algun "articulo robado" en el bolso, no es obligacion mostrarlo?

2. ¿y como tengo que actuar en caso que la gente de seguridad del super se pongan "pesados" y exijan SI o SI que les muestre el bolso?

3.- ¿puedo iniciarles yo acciones legales en contra del super o la seguridad, por querer "meterse en mi privacidad"?

4.- Hay alguna forma de conseguir entero ese dichoso "artículo 168 del Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe", asi me lo llevo fotocopiada para "disuadir" mas facilmente a cualquier guardia que se ponga "insistente" con el tema de mostrar el bolso.


Gracias!!!! parece una "cuestion tonta".. pero creo q es realmente importante esto, ya que toca directamente con nuestra privacidad.
 #288959  por juanpablo1977
 
Hola que tal, paso a darte mi humilde oponion. Como primera medida no nos olvidemos de que TODOS gozamos del principio de inocencia ( Somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario) ¿ok?. Bien.
Lo habitual es que en los supermercados, haya un lugar para depositar los bolsos con las pertenencias personales, pues si en un supermercado esa modalidad no existe, es un riesgo que corre el local comercial; pero bajo ningun punto de vista se puede andar revisando los bolsos asi porque si. El mismo art 168 del C.P.P dice que deben existir MOTIVOS FUNDADOS (motivos más que convincentes que un sujeto puede haber sido sujeto activo de un delito) pero creo en principio que la gente de seguridad privada no tiene la facultad para hacer requisas, en todo caso debe estar presente un policia de la provincia que es quien tiene competencia en materia de Poder de Policia Administrativa. Y creo yo que la manera correcta seria: Si el personal de seguridad tiene sospecha de que alguien ha sustraido algun bien con intencion de desapoderamiento, primero debera interrogar a la persona, segundo deberia dar noticia a la policia, y esta ultima proceder a la detencion en caso de que existan fuertes indicios de la posible comision de un ilicito, y luego proceder dar aviso a la fiscalia de turno.
En cuanto a si se puede iniciar acciones legales, yo iniciaria una accion por daños morales y habria que ver bien si no se tipifica el delito de calumnias y/o injurias. Y en el caso que se pongan "pesados" creo que tenes que ponerte firme en no permitir que te toquen el bolso o la cartera, y de manera inmediata llamas a un abogado de confianza para que se presente en el lugar. Sin mas que agregar...me despido atentamente.
 #706625  por danigross1
 
COLEGAS, Y SI ME NIEGO A ABRIR EL BOLSO Y SE PRESENTA EL POLICIA, QUE HAGO? POR LO QUE ENTENDI, ANTE EL POLICIA TENDRIA QUE ABRIRLO, Y DESPUES QUE, EL POLICIA ES EL PRINCIPAL TESTIGO, NADA MAS. GRACIAS.-