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 #253248  por amg
 
En un juicio por ejecución de alquileres, se ordenó el embargo del inmueble dejado en garantía según contrato de alquiler. hago denuncia penal y pido inhibición general de bienes al locador y al garante?
 #253294  por Sailaw
 
En realidad esta pregunta corresponde al sub foro penal, porque se trata de insolventaciòn fraudulenta.

Civilmente pedí si la inhibiciòn del deudor y la del garante,
 #253369  por amg
 
Gracias Sailaw, lo hare.

Si supieras lo placentero que me resulta siempre, encontrarte en el foro, veo tu velero y se me dibuja una sonrisa. Mis saludos.
 #254092  por amg
 
Localice una cuenta sueldo del garante, pido la inhibición del locadotario y el embargo del que tiene cuenta?
Tengo que pedir primero oficio de informe para que verificar que trabaja ahi o directamente el embargo?
 #254119  por Sailaw
 
Si, en realidad lo que conviene es librar el oficio de embargo a la empresa en la cual trabaja, y cobraras a un + o - 30 % del sueldo.
 #254861  por agresha
 
No he leido todas las respuestas, pero en el ámbito civil tenés dos caminos: si no ha trascurrido un año de la venta, podés intentar la acción pauliana a fin de cobrar el crédito que se haya garantizado con la propiedad. También cabe intentar (eso ya es más difícil) la acción de simulación en el supuesto caso que puedas probar connivencia entre vendedor y comprador del inmueble. En ambos supuestos el crédito tiene que ser anterior a la venta fraudulenta del inmueble, pues se supone que controlaste el estado de dominio del inmueble al tiempo de suscribirse el contrato de locación. Con la inhibición quizá no logrés absolutamente nada en el supuesto caso que ambos deudores sean insolventes. Y la acción penal.... hummm se va a la prescripción....
Saludos
 #254902  por amg
 
Agresha, gracias por tu opinión y sugerencias.

Tengo dos preguntas:

1) el 4033 dice un año desde el acto o desde que el acreedor tuvo conocimiento del acto. La operatoria se efectuó hace 14 meses pero no tuvimos conocimiento hasta qye el juez de la ejecución ordeno el embargo.

2) Como se implementa la acción, dentro del mismo expediente o debo iniciar otro? Esto es en Capital Federal.

Te agradecería cualquier otra orientación.
 #255000  por Sailaw
 
Pero es muy dificil eso, porque tenes que probar colución dolosa entre vendedor y comprador, es todo un juicio.
 #255141  por amg
 
Necesariamente deben estar comprador y vendedor confabulados? En los casos en que una propiedad se da en garantía de un alquiler, nunca procedería esta acción salvo que el vendedor le hiciera saber expresamente al comprador la existencia de la garantía.