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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #253373  por stv67
 
Hola, tengo un hermano discapacitado y mis padres estan divorciados y en litigio hace varios años... Siempre surge la preocupación sobre la necesidad de proteger a mi hermano legalmente y entiendo que esta figura sería la curatela. Es posible que algunos de los hermanos (o ambos junto con mi hermana) seamos los curadores, estando vivos mis padres ? Que ventajas tendría esto para mi hermano (de que se lo protege realmente) y que derechos, obligaciones, responsabilidades, etc tendría el curador ? Muchas gracias desde ya por la ayuda.
 #253386  por HectorM
 
stv67 ..
¿Qué edad tiene su hermano discapacitado?
Sospecho que es mayor de edad, pero me gustaría confirmar el dato.
También sería útil saber qué tipo o grado de discapacidad tiene, si afecta y en qué medida su autonomía, con quién vive, quién atiende a sus necesidades, etc.
Ud. ¿es abogado, estudiante de Dcho. o particular? Sólo para saber cómo orientarlo. Saludos. HM.
 #253652  por stv67
 
Hola, gracias por interesarse. Mi hermano tiene 39 años. Tiene una discapacidad que lo afecta tanto motrizmente como intelectualmente (x ej no puede leer ni escribir), pero se mueve por sus propios medios aunque con limitaciones (por ejemplo, se desplaza en bicicleta con ruedas auxiliares, pero no puede manejar un auto). Vive con mi papa, quien se esta haciendo cargo actualmente de el. Yo soy particular. Muchas gracias !!
 #253687  por HectorM
 
stv67 ..
Su hermano puede ser declarado incapaz por medio de un trámite judicial, en el que alguno de sus padres puede ser designado curador provisorio (mientras dura el juicio). El Juez va a pedir una pericia médica y al final designará el definitivo. En principio, a alguno de sus padres, también. Si se demuestra que el mejor interés de su hermano requiere que sean designados Ud. o su hermana (no a los dos juntos), puede ser que el Juez considere esa posibilidad. La curatela es conveniente por la representación del incapaz en cualquier tramitación o para obtener cualquier beneficio. Ponga el caso en manos de un abogado civilista o, en caso de necesidad, acuda al Colegio de Abogados de su localidad.
Suerte. Cordiales saludos. HéctorM.
 #255274  por stv67
 
OK gracias así lo hare. Una ultima aclaración. Es la curatela o el hecho que sea declarado incapaz lo que pudiera otorgarle alguna protección ? Es decir, pudieran estas figuras quitarle responsabilidad ante una eventualidad x ej si alguna persona inescrupulosa se aprovecha de su situación para inducirlo en alguna cuestion engañosa como firmar algún compromiso, un embarazo "inducido" para logar alguna retribución economica, etc etc Existe tal eximición de responsabilidad ? Que se requiere para tramitar esto ? Hay una idea de tiempos aproximados en que se puede conseguir ? Muchas gracias nuevamente.
 #255275  por stv67
 
Comentario adicional: Mi hermano reside en provincia y yo en Capital, dónde podría asesorarme e iniciarlo ?
 #256461  por Claudiab7718
 
En provincia, acudí al colegio de abogados al cual perteneces judicialmente, de que ciudad sos???, sino a un abogado particular para que te asesore!!!