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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #255400  por ALEVERMAR
 
Hola gente!!! les consulto por lo siguiente, (porque me ha agarrado una grave duda):
Resulta que una señora estuvo por parte de enferma porque tuvo un accidente en la via publica yendo para el trabajo...ayer (24/10/08) le envian un telegrama diciendole que rescindian de sus servicios.
Tengo entendido que por despido en esas condiciones existe una indemnizacion agravada, mi duda es como aplicara, es decir...la multa seria pagar el salario hasta que a ella le den el alta aunque o siga con la relacion laboral???? o cual es????. Mil gracias, y ojala me puedan responder pronto!!!
 #255632  por DAL
 
Estaba registrada??????????'
Ese accidente debio cubrirlo la ART.
Si no hubiera sido accidente de trabajo sino un accidente digamos "inculpable", le corresponden los salarios hasta el alta.
Además las indemnizaciones, obvio.
 #256283  por ALEVERMAR
 
Si. Estaba regitrada, y la ART le cubrio todos los gastos correspondientes a la licencia, mi duda es que mediante esta licencia la despiden. Entonces es q ademas de la liquidacion d cualquier despido comun...le corresponde el cobro de la remuneacion hasta q le den el alta.
Gracias!!!!