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  • JUBILACION POR INVALIDEZ:Dudas sobre el tema exponerlas aqui

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #17935  por Agnese
 
De acuerdo a lo sugerido por Ramón
las preguntas y dudas sobre el tema JUBILACION POR INVALIDEZ, por favor plantearlas aqui, así estan todas las respuestas juntas.
Gracias
 #18092  por SIL.PE
 
Retiro por invalidez
caso hombre fn 16(11/1954=52 años
Uruguayo dni:fechA entrada al pais 18/01/1980-fecha de radicacion 16/07/1979

Tiene aportes rrdd 26 años aprox.el ultimo aporte 03/2006,para atras a esa fecha todos consecutivos hasta 1997 y despues se cortan algunos meses hasta el años 1980.

LOS APORTES ESTAN EN diferentes AFJP pero su mayoria son de CONSOLIDAR.-

Tiene certificados médicos privados,y un formulario de desarrolllo social donde declara incapacidad 80 % Firmado en hospital Público-

Gente por donde empiezo.? :wink:
 #18143  por Agnese
 
REQUISITOS para la obtención de Retiro Transitorio por Invalidez?

Los requisitos son los siguientes:

* El trabajador deberá encontrarse afiliado.

* Si el afiliado autónomo no registra a la solicitud de retiro transitorio por invalidez el ingreso de sus aportes durante 30 meses de los 36 meses anteriores a la misma, (afiliado regular) o 18 meses dentro de los 36 últimos meses (afiliado irregular con derecho), podrá:

* completar con este Plan de Facilidades de Pago los 30 años de servicios con aportes. (aportante regular), o

* los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si éste hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos meses.

 #18221  por Nieves
 
Hola!!! Yo hago otra pregunta sobre el tema. 8) Un Sr. que estaba en relación de dependencia hasta marzo de 2006 y deja de trabajar por una incapacidad (enfermo cardíaco) puede solicitar el Retiro por Invalidez o necesita estar en actividad para acceder al beneficio??? :roll: Si alguien sabe del tema, les agradezco de corazón. Saludos. Nieves :D

 #18248  por josefinaga
 
Para SIL.PE: tenes q ir a Consolidar a iniciar la Jub por Invalides, te van a dar un turno para la comision medica, ahi lo revisan y le dan la incapacidda, lleva todos los papeles q tengas.
Para Nieves: se necesita q este en actividad cuando se produzoco el accidente q lo llevo a la invalides, yo me mandaria a presentarlo.
 #18296  por mailen
 
ramon escribió:[vamos agne todavia entre todo podemos....
Yo tengo una duda, por favor si alguien puede aclararme, un Sr. 60 años, tiene diez aportados como atunomo hasta el 91, puedo para que llegue como aportante regular completarle con Moratoria los que le faltan y asi tramitar el retiro por invalidez? Tiene una enfermedad que le da el porcentaje. Ahora, la enfermedad se le manifestó hace un año recién eso no importa ?
 #18334  por marianodiego
 
ramon escribió:[yo creo que si lo podes completar con moratoria, pero no 15 años sino los 30 años. creo que es asi. opinen los demas.
si tiene el 66% de incapacidad y estaba inscripto en autonomos, podes hacer la moratoria...hay que ver el decreto 460/99

 #18387  por Nieves
 
Agradezco me hayan respondido.- La duda era porque este Sr. trabajaba en relación de dependencia hasta Marzo de 2.006.- En Diciembre de 2.005 fue operado del corazón y se retiró voluntariamente en Marzo de 2.006 porque no podía seguir trabajando.- Tiene 38 años de aportes y 58 años de edad.-Estará a tiempo de pedir un turno para RETIRO POR INVALIDEZ????????? GRACIAS :lol:

 #18389  por SIL.PE
 
josefinaga escribió:Para SIL.PE: tenes q ir a Consolidar a iniciar la Jub por Invalides, te van a dar un turno para la comision medica, ahi lo revisan y le dan la incapacidda, lleva todos los papeles q tengas.
Para Nieves: se necesita q este en actividad cuando se produzoco el accidente q lo llevo a la invalides, yo me mandaria a presentarlo.
Gracias a todos por la ayuda. :wink:
Josefina muchas gracias por tu respuesta especializada :roll:
saludos a todos :idea:
 #19064  por adriana
 
Hola a todos, tengo la siguiente duda es una sra. que fallecio el marido que estaba cobrando una pensión por invalidez de $800 aprox. en maxima, el sr. fallecio en enero 2007. mis dudas son las siguientes:
yo le hice la jaap a la sra.
cobra en mayo, para iniciar la pensión me conviene esperar a que cobre? o si es jubilada no importa si empiezo ahoraa?? es decir pierde la jaap???, por otra pate el hombre tiene los 30 años aportados... y tendria 64 de edad...
influye en la pensión de la sra?
consulta: es una derivada????
muchas gracias y perdonen tantas dudas es que me da miedo quepierda la pensión o la jubilación...
adriana

 #19067  por Yanina Rodriguez
 
Hola todos!!

Puede un hombre que esta cobrando una graciable por invalidez y se le termina en 1 año----puede rechazarla ahora y negar los $160 que cobra para hacerse la jubilacion de autonomo puro????

gracias por los aportes!!

 #19079  por ramon
 
Yanina Rodriguez escribió:Hola todos!!

Puede un hombre que esta cobrando una graciable por invalidez y se le termina en 1 año----puede rechazarla ahora y negar los $160 que cobra para hacerse la jubilacion de autonomo puro????

gracias por los aportes!!
siii
 #19178  por anukis
 
SIL.PE escribió:Retiro por invalidez
caso hombre fn 16(11/1954=52 años
Uruguayo dni:fechA entrada al pais 18/01/1980-fecha de radicacion 16/07/1979

Tiene aportes rrdd 26 años aprox.el ultimo aporte 03/2006,para atras a esa fecha todos consecutivos hasta 1997 y despues se cortan algunos meses hasta el años 1980.

LOS APORTES ESTAN EN diferentes AFJP pero su mayoria son de CONSOLIDAR.-

Tiene certificados médicos privados,y un formulario de desarrolllo social donde declara incapacidad 80 % Firmado en hospital Público-

Gente por donde empiezo.? :wink:
Hola!.., como estas? primero.., no importa que esten en distintas AFJP los aportes.., van a estar todos juntos en la AFJP actual.
por el tema de los aportes..., tiene regularidad??.. si no le tene que hacer SICAM para que llegue a los 30 años de servicios.., si tiene el cese en 2006, tenes 2 años de ddjj, y lo podes poner por art 3 de la 24476.. ahi ya serian 28 años...
no se donde tiene los aportes..
saludos