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  • TASA DE JUSTICIA X DISOL SOC CON ES COMUN?

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 #256682  por nicole
 
HOLA , TENGO UNA DUDA Y no se que hacer, en un juicio por SEPARACION PERSONAL Y DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL, el ACTOR (mi cliente) al inicio pago tasa de justicia por la disol del unico bien inmueble que tenia para liquidar. NO asi sobre la sep personal ya que en la ley de tasa no se indica pago por ese juicio. Ahora al momento de contestacion de demanda de la ex mujer su abogada contesta dda y reconviene por sep perso por injurias graves. Cdo llevo la cedula para acreditar la fecha en que se notifico de la dda la demandada, APROVECHO (MAL HECHO) Y RETIRO LA COPIA DE TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA. Que ya la tenian. NO SE SI SE ENTIENDE, LA DEMANDADA YA HABIA CONTESTADO LE TUVIERON PRESENTE LA CONTESTACION Y DEJO COPIA PARA TRASLADO. CDO YO LLEVO LA CEDULA QUE INDICA LA FECHA QUE SE NOTIFICO DE LA DDA, RETIRO LA COPIA PARA TRASLADO DEJANDO CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE, POSTERIORMENTE Y DENTRO DEL PLAZO EN PCIA PARA CONTESTAR DDAS (15 DIAS) CONTESTO ESE TRASLADO Y A LA RECONVENCION X INJURIAS GRAVES. BUENO HASTA ACA TODO BIEN EL PTO ES QUE EL JUZGADO ME SACA EL SIG PROVEIDO.
"Autos y Vistos: Que la presentación efectuada,resulta prematura,toda vez que no se halla corrido el traslado de reconvención y ni admitida la misma por no hallarse aún abonado la tasa de justicia respectiva.- Por ello, téngase presente para su oportunidad.-"

paso a explicar:
EL TRASLADO DE LA RECONVENCION NO SE HALLA CORRIDO (Es verdad yo me presente y sin proveido de por medio que diere traslado de reconvencion RETIRE la copia para traslado dejando constancia de ello en el expediente)
Y NI ADMINITA LA MISMA: (A Qeu se refiere ni admitida la misma, no admitida la reconvencion??,
NI ADMITIDA LA MISMA POR NO ABONAR LA TASA DE JUSTICIA RESPECTIVA: (QUE TASA DE JUSTICIA???, si el actor pago la tasa por disolucion de sociedad conoyugal y ENTIENDO por ley de tasa este tipo de tasa es COMUN??? entiendo comun que sirve para todos los que intervengan segun real diccionario juridico de osorio para la palabra comun!!!
Bueno el pto a mi estoasi no me sirve necesito mover el expte pero me surgio la duda ya que por sepa personal no se paga tasa de justicia O EL JUZGADO SE EQUIVOCO O A QUE SE REFIERE!!!
alguien que le haya pasado besos !!!
 #256684  por nicole
 
nicole escribió:HOLA , TENGO UNA DUDA Y no se que hacer, en un juicio por SEPARACION PERSONAL Y DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL, el ACTOR (mi cliente) al inicio pago tasa de justicia por la disol del unico bien inmueble que tenia para liquidar. NO asi sobre la sep personal ya que en la ley de tasa no se indica pago por ese juicio. Ahora al momento de contestacion de demanda de la ex mujer su abogada contesta dda y reconviene por sep perso por injurias graves. Cdo llevo la cedula para acreditar la fecha en que se notifico de la dda la demandada, APROVECHO (MAL HECHO) Y RETIRO LA COPIA DE TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA. Que ya la tenian. NO SE SI SE ENTIENDE, LA DEMANDADA YA HABIA CONTESTADO LE TUVIERON PRESENTE LA CONTESTACION Y DEJO COPIA PARA TRASLADO. CDO YO LLEVO LA CEDULA QUE INDICA LA FECHA QUE SE NOTIFICO DE LA DDA, RETIRO LA COPIA PARA TRASLADO DEJANDO CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE, POSTERIORMENTE Y DENTRO DEL PLAZO EN PCIA PARA CONTESTAR DDAS (15 DIAS) CONTESTO ESE TRASLADO Y A LA RECONVENCION X INJURIAS GRAVES. BUENO HASTA ACA TODO BIEN EL PTO ES QUE EL JUZGADO ME SACA EL SIG PROVEIDO.
"Autos y Vistos: Que la presentación efectuada,resulta prematura,toda vez que no se halla corrido el traslado de reconvención y ni admitida la misma por no hallarse aún abonado la tasa de justicia respectiva.- Por ello, téngase presente para su oportunidad.-"

paso a explicar:
EL TRASLADO DE LA RECONVENCION NO SE HALLA CORRIDO (Es verdad yo me presente y sin proveido de por medio que diere traslado de reconvencion RETIRE la copia para traslado dejando constancia de ello en el expediente)
Y NI ADMINITA LA MISMA: (A Qeu se refiere ni admitida la misma, no admitida la reconvencion??,
NI ADMITIDA LA MISMA POR NO ABONAR LA TASA DE JUSTICIA RESPECTIVA: (QUE TASA DE JUSTICIA???, si el actor pago la tasa por disolucion de sociedad conoyugal y ENTIENDO por ley de tasa este tipo de tasa es COMUN??? entiendo comun que sirve para todos los que intervengan segun real diccionario juridico de osorio para la palabra comun!!!
Bueno el pto a mi estoasi no me sirve necesito mover el expte pero me surgio la duda ya que por sepa personal no se paga tasa de justicia O EL JUZGADO SE EQUIVOCO O A QUE SE REFIERE!!!
alguien que le haya pasado besos !!!
AGREGO QUE NO QUEDO CLARO!!! LA ESTA INTIMANDO A LA DEMANDADA PARA QUE ABONE TASA DE JUSTICIA POR LA LIQUIDACION DE SOC CONYUGAL??? ACLARO QUE EN LA CONTESTACION DE DEMANDA QUE HIZO ESTA SOLO SE LIMITO A CONTESTAR DDA POR SEP PERSONAL Y RECONVENIR X INJU GRAVES PERO NADA CONTESTO CON RELACION A LA DISOLUCION DE SOC CONYUGAL!!!!!
QUE PASO ACA NO ENTIENDO SI ALGUIEN LE PASO SOY TODO OIDOS!!!
 #256724  por Doncella_de_Orleans
 
Hola!
En efecto, viste la contestación y retiraste la copia antes de que se ordene el traslado :lol: Esto es antes de que el juzgado provea: "por contestada la demanda, de la documental ofrecida y de la reconvención, traslado". Eso no lo proveyeron aún porque no pagaron la Tasa. Esto parece ser en Provincia de Buenos Aires...o en otra pero no en Capital...No litigo en Provincia de Buenos Aires pero no es que se paga una tasa de algo así como ¿ $50 ? ¿ Será esa ?
Por eso tienen presente tu contestación para su oportunidad que estimo será luego de tener por contestada la demanda y por planteada la reconvención (luego de que paguen la tasa). No debe ser tasa sobre los bienes...
 #256725  por Doncella_de_Orleans
 
No hagas nada por ahora, qué dice la intimación a la demandada?