Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Accidente de Trabajo. DAÑOS Y PERJUICIOS

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #257304  por abogadamarina
 
Hola Colegas...les hago una consulta...

Mi clienta se fracturo el pie mientras estaba trabajando en blanco en un comedor concesionado, en Nov. 2007, por causas de baldosas rotas existentes en el lugar.

Ella le aviso del accidente al empleador y al dueño registral del comedor, quienes dijeron que como era esguince no era grave.
Ni el empleador, ni ella hicieron la denuncia a la art.

Los meses de licencia se los pago el empeador y ella se hizo todos los anàlisis, cuestiòn es que le diagnosticaron fractura de pie y la intervinieron quirurgicamente.

Ella no hizo juicio laboral.

Pregunta ella puede hacer juicio civil por daños y perjuicios contra el dueño del comedor???? se aplica el art. 1113 del Cod. Civ???
quien es responsable de las balzosas rotas existentes en el comedor???

Ella no quiere hacer juicio al empleador en virtud de que continua trabajando para el, pero en otro lugar.
Desde ya muchas gracias!!!
 #257402  por Watta
 
Todavía no prescribió la acción para reclamar por el accidente de trabajo (2 años).

De todas maneras, si no quiere demandar al empleador... no entiendo a donde va este thread.

Un abrazo!
 #257539  por abogadamarina
 
Gracias por contestarme, ahora lo ves viable ir por el art.1113 del Còdigo Civil contra el dueño del comedor solamente???
En este momento estoy con el intercambio epistolar.
Nuevamente Gracias!!!
 #257544  por Taneyev
 
Tiene una demanda contra el dueño del local por el 1113. Pero debe probar el hecho. Si no hay
denuncia policial ni causa por lesiones, necesita testigos, porque el demandado va a negar
que haya ocurrido (o por lo menos eso es lo que yo haría).
Taneyev
 #257556  por abogadamarina
 
Hola Taneyew gracias por tu respuesta.
Tiene de testigos los compañeros de trabajo, que vieron cuando se tropezò con las baldosas y tambièn fotos de las baldosas.
Tambièn lo viò el mèdico -que es contratado por el dueño del comedor- y en el momento que se tropezò el la viò y le dijo que era esguince, la vendò y le puso antinflamatorios locales....
Serìa viable entonces???
Gracias
 #257558  por abogadamarina
 
Ahhh otra cosita, el dueño del comedor en las contestaciones de las cartas documento, no negò nunca el accidente, solo dice que haga la denuncia a la art.
(El accidente fue en noviembre de 2007)
 #257574  por Taneyev
 
Pues reúne todas las pruebas que puedas conseguir, y adelante. Mandaste CD al propietario
intimándolo al pago d.y p? Tenía seguros por resp.civil?
 #257593  por abogadamarina
 
Si mandè tres Cartas documento al propietario, por ahora me respondiò dos.

En la Cd lo intimè al pago de los daños y perjuicios, en virtud del hecho dañoso ocurrido en su comedor, le di plazo 15 dìas...todavìa no pasaron... bajo aprecibimiento de iniciar acciones legales...

Nunca negò los hechos, solo dice que haga la denuncia en la art
Gracias!!!