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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #259809  por amparito
 
Creen que hay relación de subordinación y dependencia de una revendedora de cosméticos de hace más de 20 años??? qué opinan?? Gracias.
 #259814  por MORGAN
 
Habría que ver en detalle como se desarrollaba la actividad de la revendedora, en principio te digo que es muuuuuyyyy probable que la haya.
 #259817  por amparito
 
Gracias compañero. Se trata de las típicas revendedoras por catálogo, que perciben un porcentaje de ventas. Si miramos bien, hay subordinación...
 #259909  por DAL
 
Respecto de Avon o respecto de otra vendedora????
Avon la "despidio"???
 #259951  por amparito
 
No, se trata de una cliente que me vino a consultar, ya que está muy mayor, vive de sus ventas y producto de una enfermedad no puede salir a vender. Alguien le sugirió que intimara a Cosméticos Avon a que le abone los días que no puede trabajar, ello atento a que hace más de 20 años que vende esos cosméticos. Por eso me preguntaba si se podía intimar a Avon a que registre relación laboral, acredite aportes, ya que la señora no tiene quien le ayude. Te parece? Gracias.
 #259954  por barney
 
amparito escribió:No, se trata de una cliente que me vino a consultar, ya que está muy mayor, vive de sus ventas y producto de una enfermedad no puede salir a vender. Alguien le sugirió que intimara a Cosméticos Avon a que le abone los días que no puede trabajar, ello atento a que hace más de 20 años que vende esos cosméticos. Por eso me preguntaba si se podía intimar a Avon a que registre relación laboral, acredite aportes, ya que la señora no tiene quien le ayude. Te parece? Gracias.
A mi me parece que la posibilidad existe de encuadrarla dentro de la categoria de viajante de comercio.
Saludos
 #259963  por amparito
 
A mi me parece que la posibilidad existe de encuadrarla dentro de la categoria de viajante de comercio.
Saludos[/quote]
Gracias Barney, yo lo estaba pensando.
 #260001  por DAL
 
Mira, mi suegra vende Avon y por la forma de organización no es relación de dependencia. Le facturan la mercadería a ellas como si fuera comerciante. El tiempo se organiza libremente, no estan sujetas a ordenes, los elementos de trabajo no se les proveen. Es decir, no encuentro el concepto de empleo dependiente.
 #260002  por DAL
 
TE fijaste si hay jurisprudencia de esta empresa?????
Porque tienen este metodo de trabajo desde hace años en varios paises, estoy segura que a alguien esto ya se le ocurrió. Habría que ver como le fue.
 #260119  por MORGAN
 
Sí Dal, puede haber relación de dependencia, te lo digo por experiencia, por eso le aclaré que como desconocía los detalles de como se desenvolvía la actividad puede haberla o no, por eso hay que tener cuidado en el armado de la intimación. Y tiene razón el dinosaurio Barney, se lo encuadra como viajante de comercio.
 #260912  por boga315
 
Hola, hace unos dias escuche por radio un aviso que decia algo asi : "... Queres formar parte de nuestro equipo, se una revendedora de Avon, llamanos al 0 800-...." Esto estarìa en linea con el razonamiento de Morgan y Barney, saludos
 #261925  por LawyerG
 
Arriesgado, dificil de probar la relacion de dependencia, las revendedoras actuan de manera independiente, compran a avon para revender. Yo no veo relacion de dependencia alguna justamente son revendedores, compran y revenden.
La diferencia es que avon le facilita la entrega de los productos y les da catalogos.-
Es lo mismo que alguien vaya a una zapateria compre 100 zapatos y los venda por el barrio. El dueño de la zapateria que culpa tiene.-
Justamente esta modalidad que utiliza Avon es para evitar relacion de dependencia, igualmente chequea jurisprudencia.-
Ahora bien si hay algun contrato firmado con Avon o algun otro dato quizas puede utilizarse.-
Saludos
 #262073  por barney
 
MORGAN escribió:Sí Dal, puede haber relación de dependencia, te lo digo por experiencia, por eso le aclaré que como desconocía los detalles de como se desenvolvía la actividad puede haberla o no, por eso hay que tener cuidado en el armado de la intimación. Y tiene razón el dinosaurio Barney, se lo encuadra como viajante de comercio.
Gracias Morgan por lo de dinosaurio, pero por la edad estoy lejos de ello, mando un convenio al cual tuve concocimiento de un amigo que se les ocurrio hacer unA DEMANDA EL CUAL SE LLEGO A UN AUCERDO CON ESTA EMPRESAm, aunque no se llego a sentencia la demandada llegó a conciliar:

"AMARILLA DE GOOLEY Alicia
c/COSMETICOS AVON SACI

s/Despido, dif. de categ., etc."

Expte. Nº 18.175/90····lda


///Plata, ·· de julio de 2001.-

········AUTOS Y VISTOS: El acuerdo conciliatorio obrante a fs.287/8, y lo dispuesto en los arts.168 y 171 de la Constitución de la Pcia.de Bs.As., practicado el sorteo pertinente, resultó que debía observarse en la votación por los Sres.Jueces, el orden siguiente: Dres. Roberto Ramón Pardo, Daniel Aníbal Mailhe y Orlando Arturo Greco , resolviéndose plantear y votar la siguiente cuestión:

········¿Procede homologar la conciliación arribada por las partes, y en su caso, qué pronunciamiento corresponde dictar?

········A LA CUESTION PLANTEADA EL DR.Roberto Ramón Pardo DIJO:

········Atento que lo pactado libremente por las partes, en los escritos de fs.287/8, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que el no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el empleador en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts.15 ley 20.744 t.o.; 833 y sigts. del C.Civil; 73, 160, 162 y concds.del CPCC; 19, 25 y 63 ley 11.653).

········ASI LO VOTO.-

········Los Dres.Daniel Aníbal Mailhe y Orlando Arturo Greco por idénticos conceptos, votaron en igual sentido.-

········Terminando el Acuerdo, el Tribunal RESUELVE: a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones ; b) Aplicar las costas a la demandada, y homologar los honorarios de los abogados de la parte actora Dres. xx. Asimismo se regulan los honorarios de los Dres. xx, en las respectivas sumas de $ 3.000, $ 3.000, Y $ 400, a las que se adicionará el pertinente aporte legal (arts.13, 14, 21, 22, 25, 43 y concds.de la ley 8904 y ley 8455), y los del Perito Contadora Graciela María Grioli en la suma de $ 50 , con más los aportes legales correspondientes (leyes 10620, 10765 y 6742). Sin perjuicio de lo solicitado, intímase a la demandada para que en el plazo de CINCO DIAS, deposite en autos, las sumas de $ 704 y $ 70,40 en concepto de Tasa de Justicia (22 o/oo) y 10% sobre Tasa, respectivamente, bajo apercibimiento de librar el correspondiente oficio a la Dirección Provincial de Rentas, a fin de perseguir el cobro de la misma por la vía ejecutiva, y a la Caja de Previsión Social para Abogados, conforme lo dispuesto por los arts. 269 y 280 del Cód. Fiscal, ley 10.397.-

REGISTRESE, NOTIFIQUESE y oportunamente ARCHIVESE
 #262176  por DAL
 
Ah, pero no dice nada de los hechos.
Como fueron????
AbogadoG por lo que yo ví, actúan de manera independiente, de hecho Avon no les provee los folletos tampoco, los folletos los compran las revendedoras. Si superan un monto x de pedido, les regalan uno, si superan otro monto x les regalan dos, pero de lo contrario, y los demás ue necesiten, se los venden, creo que cuestan entre 5 y 10 pesos cada catalogo. Les venden los catalogos, les venden las muestras, los probadores. Dar no les dan nada. O por lo menos eso dice mi suegra!
 #262742  por barney
 
DAL escribió:Ah, pero no dice nada de los hechos.
Como fueron????
AbogadoG por lo que yo ví, actúan de manera independiente, de hecho Avon no les provee los folletos tampoco, los folletos los compran las revendedoras. Si superan un monto x de pedido, les regalan uno, si superan otro monto x les regalan dos, pero de lo contrario, y los demás ue necesiten, se los venden, creo que cuestan entre 5 y 10 pesos cada catalogo. Les venden los catalogos, les venden las muestras, los probadores. Dar no les dan nada. O por lo menos eso dice mi suegra!
Obviamente DAL que es un tema discutible, pero en los "tutes" que se han tirado algunos abogados para encuadrar la relacion dentro del RCT la empresa ha preferido conciliar y no llegar a una sentencia que pudiera serles desfavorables ya que se le vendria un avalancha de juicios encontra. La cusase trato de un revendedora comun que tenia varios años de ventas para la empresa
Saludos