Hola foro. Mi consulta es la siguiente.
si en el accidente in itinere de empleado en negro se reclama solo las prestaciones de la art., no es necesario entonces pedir la inconstitucionalidad de ningún artículo de la art. o sí???
y en ese caso, de cual???
porque si no puedo pedir ni daño moral, no debo tampoco invocar la inconst del 39...
alguien que me ayude....gracias
si en el accidente in itinere de empleado en negro se reclama solo las prestaciones de la art., no es necesario entonces pedir la inconstitucionalidad de ningún artículo de la art. o sí???
y en ese caso, de cual???
porque si no puedo pedir ni daño moral, no debo tampoco invocar la inconst del 39...
alguien que me ayude....gracias
ALEMAR