Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consulta sobre un comisionista

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #262133  por Danilo83
 
Buenos dias,
Una consulta básica para uds. doctores con experiencia: Me pregunta un cliente que tiene la representación de una importante marca de lubricantes, al cual le esta yendo bien, si puede celebrar un contrato de distribución o locación de servicios con una persona para que le haga de vendedor-comisionista(no quiere tomarlo como empleado, mas si no resulta fructifera la labor de este). Yo creo que estaria encubriendo una relación laboral,con todo lo que ello acarrea. Probablemente tenga que pagarle un básico mas la comisión pactada y hasta creo que entraria en el CCT 130/75 de empleados de comercio. El potencial vendedor no seria un "viajante" que tiene la representación de varias empresas,sino que trabajaria solo para mi cliente, por la zona. Pensaba decirle que lo tome, con las altas correspondientes, y que evalue como le va en los primeros 3 meses (por que queria obviamente que si terminaba la relación con el vendedor,q sea barata). Que dicen?
 #262169  por DAL
 
Debería consultarlo con un abogado, ya que la relación se encuadra en VIAJANTES y no en empleados de comercio desde ningun punto de vista. Me parece que no tenes clara la noción de viajante de comercio.
Este regimen es bastante beneficioso pero hay qaue estar bien organizados en la documentación, por lo que es esencial que antes de empezar RECALCO ANTESSSSSS, consulten con un abogado que maneje bien el derecho laboral.
 #262177  por Danilo83
 
Muchas gracias DAL. Me habian comentado lo mismo, que seria un "viajante", a mi me parecia que no,pero seguro, quizas no tengo claro la noción de viajante. Igual, de ser viajante, seria un dependiente de quien contrata sus servicios o no? Si alguien me puede aportar mas sobre el tema,le agradezco
 #262180  por DAL
 
Lee el estatuto del viajante, lo podés encontrar en la pagina de la federación y el convenio colectivo.
Es muy piola el metodo para lo que vos apuntas de si el trabajador funciona o no funciona.
El sueldo en viajantes es 100% sobre comisiones. Tienen un mínimo asegurado pero eso tambien surge de las comisiones. Se cuentan las comisiones sobre las ventas, si llegó al mínimo, cobra las comisiones, si no llego al mínimo, se debe complerar la diferencia, pero no se trata de que se paga UN SUELDO y APARTE las comisiones. Son una misma cosa. Y esto si es exclusivo. Si no es vendedor exclusivo NO TIENE mínimo asegurado. Y solo le pagan las comisiones, aunque solo llegue a 100 pesos en el mes.
El sueldo de los viajantes se paga solo. Es mínimo el riesgo empresario.
Respecto la indemnización por clientela, la cobra solo pasado un año, es decir que la cobra cuando se sabe que el trabajador funciona, por que si no vende no dura ni seis meses.

Pero te recalco que el sistema debe manejarlo alguien que sepa, que lo tenga claro, son tres o cuatro ajustes que se hacen al inicio y no sobre la marcha porque ahí podes tener un problemón.

Saludos!!!
 #262205  por Danilo83
 
DAL, sinceramente,un millón de gracias. Para los novatos como yo, estos datos son muy enriquecedores. Ya con lo que me contestas y el link que me pasas,me sobra para ir viendolo y ya poder anticipar algo. Nuevamente, mil gracias por tu tiempo y pronta respuesta!
Saludos
 #262535  por DAL
 
De nada!!!
Primero no me di cuenta que eras abogado. Cuesta arrancar.
Anda leyendo y plantea las dudas, para mí es muy interesante el regimen de viajantes. Tengo una empresa que los tiene y estan satisfechos, ganan bien. Organicé el sistema en dos empresas más que los tenían mal anotados ( monotributista uno, administrativo otro) y no tuvimos inconveniente hasta ahora.