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 #264727  por estudio62
 
estimados colegas: conforme a la crisis global y el incremento de la delincuencia he decidido incursionar en el area penal, con mucho temor a equivocarme pero con muchas ganas de aprender. Por ello solicito de Uds. una gran colaboración, si estuviera a su alcance.
Se ha presentado un cliente al que por un mal asesoramiento el defensor oficial lo convenció de declararse culpable en una causa caratulada como "robo en grado de tentativa" por un miserable tv. que habia vendido y no se lo pagaron, sumiendo una actitud alocada en presencia de todos los familiares del denunciante entro al domicilio cargo el tv y lo arrojó a la calle, al recibir un no a la respuesta de cobro del mismo. Encontrándose en este momento desesperado porque es conductor de camiones, con excelentes referencias, padre de dos pequeños y con una madre enferma. Siendo todos ellos dependientes de su trabajo. Pero por una endemoniada norma, no le entregan el registro cat. "c" por los antecedentes, dec 136/07 pcia. de Bs.As. art. 7. Le dijeron que presentara un amparo, pero no tengo idea bajo que normas o que decir en el mismo. solo que afecta a su derecho de trabajar (14bis), no siendo ademas reincidente, teniendo siempre una conducta intachable y excelentes referencias laborales. A tal punto que los dueños de la empresa lo estan esperando hace ya casi 2 meses a que resuelva el problema y vuelva a trabajar.-
Desde ya muy agradecida y perdonen mi ignorancia
 #264964  por macero
 
Una duda, estas segura de que hubo un mal asesoramiento por parte del Defensor Oficial?, que te lleva a pensar eso?, digo, ya que mencionas que recien ahora estas incursionando en derecho penal, me parece un poco prematuro de tu parte hacer tal afirmaciòn de un defensor oficial que seguramente tendrà un poco mas de experiencia que vos en dicha area.
A su vez, en qué estado está la causa de tu "cliente"?, averiguaste el estado?, que medidas probatorias hay?, en qué jurisdicción?.
Sldos
 #265117  por estudio62
 
Perdon si te he ofendido, pero lo que quiero decir, basandome en la lógica y en el ejercicio de años de profesión en otras areas, me arriesgo a decir que tuvo mal asesoramiento ya que le dijo que si no se declaraba culpable se iba a comer años de prisión, cuando el televisor era de mi cliente y tenia prueba de ello, en todo caso habria una violación de domicilio, y el robo me parece a mi que no se configuraría si era un bien de su propiedad y el denunciante no tenía prueba de su propiedad y mi cliente si. Espero no estar equivocada. Pero de todas formas lo que yo solicito es un modelo de amparo y no una critica a mis apreciaciones.-
Igualmente agradecida.-
 #265124  por Pandilla
 
Hola estudio62, hay que acordar que si su cliente tenía, digamos, prueba a su favor, la vía elegida no ha sido la más feliz. El reclamo legal hubiese sido la vía correcta. La Ley no estaría negando la propiedad, sino que no aprueba la forma elegida para recuperar esa cosa propia. O sea, más allá de quién sea la cosa, no es lo mismo que yo agarre la TV ubicada en mí living y la arroje al suelo, que, esa misma TV este ubicada en el living de mí vecino, yo entre en su casa, la agarre y la tire por la ventana (a ello sumele la conducta imprudente, la puesta en peligro de las personas que podrían estar en la vereda o caminado bajo esa ventana de la cual salió arrojado una TV).
Igualmente, la condena a cumplir X pena, (de cumplimiento efectivo o en suspenso), no implica que se deje al reo sin agua, abrigo, comida y demás. Por eso le expreso, tienen dos opciones:
1) Si es posible, apelar ante la Cámara y fundamentar.
2) Interponer una acción de Amparo, (hay un antecedente judicial muy similar que tuvo dictamen favorable).
3) Uno de los fundamentos podría ser que la pena del condenado no puede proyectarse sobre la familia, y, al ser su cliente "único sostén" del grupo familiar....., etcétera.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #265143  por estudio62
 
Dr. Pandilla, estoy agradecida con Ud. Lo que yo necesitaba era eso. saber si es posible, comprendo lo que Ud. me explica y la peligrosidad de sus actos, respecto de terceros. Por ello quería saber si es viable la presentacion de un amparo, a él le dieron una probation y cumplio con sus dos años de presentaciones ante su oficial religiosamente. Pero ahora que se encontraba trabajando muy acomodadamente y contando con el apoyo de su empleador, le sucede que no puede renovar su licencia de conductor. Por ello lo que necesito es si tiene por ahí en su archivo un modelito de amparo para éste tema y saber si recuerda la jurisprudencia o algo que me oriente a su busqueda del caso parecido al que Ud. hace referencia. eternamente agradecida.
Saludos. y otra vez gracias.-
 #265170  por ñoser
 
Mira esor te puede ayudar!!
No se bajarte el fallo, pero entra en la pagina del Colegio de Abogados de San martin y en Novedades juridicas busca el fallo, es un recurso de amparo por el mismo tema que el tuyo, es de la Ciudad de Buenos Aires y es actual.
Mira no se donde viva tu cliente y deba renovarse el registro, pero tuve un caso como el tuyo, va mas de uno y lo resolvimos con el cliente de otra manera pero fue a fines del 2006 pero estaba en vigencia para renovarse el registro profesional para conducir colectivos eso de la reincidencia.
mira hay municipios, donde no es necesario , presentar los antecedentes penales nosotros lo pudimos hacer
Fijate y averigua bien
Si te parece decime de donde es y te digo donde lo saco y no le pidieron la reincidencia, fue esto a fines de 2006 la que vos citas es de 2007 no. mira igual ya estaba en vigencia otro decreto que lo solitaba al certificado.Saludos..
 #265186  por ñoser
 
Mira, ademas de todo lo otro!!
Si tu cliente cumplio con la probation ,no nesecitas hacer un amparo necesitas que reincidencia rectifique sus registros, pedi que el juzgado libre oficio, aunque siempre lo hace de oficio, pero a mi me paso que pese a estar ordenado nunca se entero reincidencia.
pero si solicitas copias certificadas del cumplimineto de la probation y vas a reincidencia, ellos te rectifican el registro, dado que no debiera poseer antecedentes.
lo que salta en reincidencia, no son los antecedentes por condena, por que no hubo, reincidencia los anota en el registro desde el momento que tiene la elevacion a juicio y aunque haya sido sobreseido o como en tu caso haya cumplido la probation persiste el antecedente, pero se trata que en realidad reincidencia no rectifico el registro o lo actualizo pero si vos le acercas copias certificadas por el juzgado de la resolucion favorable de la causa te borran los antecedentes. Fijate bien .
Chau.
 #265215  por macero
 
En todo caso, si te molestan las criticas a tus apreciaciones, evità introducir opiniones personales carentes de fundamento alguno respecto de colegas que tienen bastante mas experiencia que vos en el tema, pero que igual vos desde tu "falta de experiencia en derecho penal" introducis.
En primer lugar hay que ver si es cierto lo que manifestas como para introducirlo en un for, de hecho si tan segura estas, comunicate con dicho defensor y preguntale cual fue su estrategia en dicha causa.
Opinologos en este foro hay muchos, evita convertirte en aquellos que solo critican y nada aportan.
atte
 #265775  por estudio62
 
Estimado colega pandilla y ñose, vuelvo a agradecerles la gran ayuda que me han brindado. Mi cliente es de Morón y el registro es para la ciudad autonoma de buenos aires. Con lo que me ha recomendado ñose creo que me sera suficiente desde ya muchas, muchas gracias.-
Por otro lado al sr. macero lamento informarle que se ha convertido tambien en un opinologo ya que en lugar de brindarme lo solicitado como lo hicieron gentilmente los otros colegas, dedicó sus nueve lineas a emitir opiniones sobre mi proceder equivocado. Lamento, vuelvo a repetir si te he ofendido y doy por colcluido este dialogo absurdo que no nos beneficia, dediquemonos a trabajar u brindar ayuda al que nos necesite. gracias.-
 #265958  por macero
 
La próxima vez que vayas a opinar de un colega -que por cierto nunca se enteró-, pensalo bien.
En cuanto a lo de opinológo, mirá bien mis intervenciones y te daras cuenta que cada vez que intervine lo hice para ayudar y no para -como varios- decirte zarazaza, ok?, a tu disposición para cuando necesites algo de verdad y no una mera crítica. Ya que estas, y viendo el tenor de tus preguntas, podrias usar el mismo tiempo para leer al menos un CPP, con solo leerlo ahi encontras las respuestas a tus inquitudes que por cierto son bastantes básicas.
 #266210  por estudio62
 
Sr. macero, es la ultima vez que pierdo el tiempo contestando sus ofensivos mensajes, ya que creo que alguna vez se habra iniciado en la profesion y habra tenido dudas verdad????, y vuelvo a insistir, sigue siendo un opinologo mas ya que esta opinando de los otros colegas de foro por sus intervenciones, que a su criterio son palabrerias. Le envio a ud. saludos y pese a su actitud le deseo lo mejor. tenga ud. suerte y nunca se tope con una duda.-
 #266218  por ñoser
 
Perdon No !!
Pero yo opino igual que la dama. Creo que el defensor oficial y no por el hecho de ser defensor oficial, pero creo que se saco el caso de encima.
Vuelvo a repetir me consta que los defensores oficiales son tan o mas buenos que cualquiera que trabajamos de forma independiente.
Ademas lo que ella preguntaba no era una pavada, en verdad son situaciones dificiles de resolver, que por mas CPP que leas no lo vas a encontrar.
La Gente quiere trabajar honradamente y le impórta un COMINO tu CPP y tus LEYES entendes. A veces la solucion no esta precisamente en el CPP.
Mira yo resolvi un caso similar, yendo el que poseia antecedentes a un Municipio donde no le pedian la reincidencia. esto es totalmente legal y el CPP BIEN GRACIAS!!!
Ademas Macero, ya en dos veces como minimo te pidio disculpas, que queres un MONUMENTO para CORTARLA de agredirla.
Pta: En estePais cuando hubo un Gobierno de Facto la gente decia no te metas, yo me meto y que?? Que onda con vos!!!
CHAU..
 #266600  por macero
 
A ver, a los dos, si creen que aca van a encontrar la solucion a sus problemas, pobre de sus clientes.
Dediquen mas tiempo a leer y estudiar, y de esa manera solo van a recurrir para cuestiones muy especificas.
A los dos les falta bastante para representar -como se debe y en forma responsable- a alguien en sede penal.
Por el bien de sus clientes, antes de atender -y cobrarle a alguien- pienselo bien y derivenselo a alguien que realmente sepa.
Sldos.
 #266613  por ñoser
 
Yo pensaba que tenias algun problemita de resentimiento hacia el sexo opuesto , pero ahora veo que es hacia ambos sexos.
Chau..