Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda Interpretacion Ley de Seguro Art. 56

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #265351  por gdesm
 
Buenos Días Estimados, en esta oportunidad necesito que me ayuden en el siguiente Art.:
Reconocimiento del derecho. Plazo. Silencio

Art. 56. El asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del asegurado dentro de los treinta días de recibida la información complementaria prevista en los párrafos 2º y 3º del artículo 46. La omisión de pronunciarse importa aceptación.

Lo que me interesa saber es si el plazo de 30 días se refiere a días hábiles o corridos, porque nada dice...

Desde ya muchas gracias... Saludos!
 #265360  por estudleon
 
lA INTERPRETACION DE LA LEY SIEMSPRE DEBE SER, EN CASO DE DUDA, EN FAVOR DEL ASEGURADO.