HOLA QUISIERA SABER SI EL AMBITO DE APLICACIÓN DEL ART. 2 LEY 25323 ES DEL DE LOS TRABAJADORES EN NEGRO O SE APLICA A TODAS LAS RELACIONES LABORALES DONDE EL EMPLEADOR SEA REMISO A PAGAR LA INDEMNIZACIÓN Y POR ENDE NOS VEAMOS OBLIGADO A PROMOVER DEMANDA. GRACIAS