Hola colegas...tengo una consultita:
Tengo un caso en el cual un menor de 14 años (cumple 15 el sábado), estuvo trabajando en una empresa durante 2 años (obviamente en negro), y un día le dijeron que no vaya más. Estuve leyendo la ley 26.390 de prohibición de trabajo infantil, y según el art. 23 estaría autorizado a efectuar reclamo laboral a partir del lunes. Qué puedo reclamar? no pude encontrar las sancione para los empleadores que contratan a menores de 14 años (según la LCT que después de la modificación pasa a 16 años la edad mínima pero empieza regir a partir del 2010) después de la reforma la edad mínima es 15 años. Qué se puede reclamar?? lo mismo que para en empleado capaz de celebrar un contrato de trabajo?? ayuda por favor......
Tengo un caso en el cual un menor de 14 años (cumple 15 el sábado), estuvo trabajando en una empresa durante 2 años (obviamente en negro), y un día le dijeron que no vaya más. Estuve leyendo la ley 26.390 de prohibición de trabajo infantil, y según el art. 23 estaría autorizado a efectuar reclamo laboral a partir del lunes. Qué puedo reclamar? no pude encontrar las sancione para los empleadores que contratan a menores de 14 años (según la LCT que después de la modificación pasa a 16 años la edad mínima pero empieza regir a partir del 2010) después de la reforma la edad mínima es 15 años. Qué se puede reclamar?? lo mismo que para en empleado capaz de celebrar un contrato de trabajo?? ayuda por favor......