Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • sucesion seguros de vida...

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #268151  por valeriaabo
 
UNA PREGUNTITA ... Y DESDE YA GRACIAS POR CONTESTAR...UN CLIENTE ME COMENTO QUE PARA EL COBRO DE LOS SEGUROS DE VIDA, LOS HEREDEROS SOLO TIENEN UN AÑO DESDE LA FECHA DEL FALLECIMIENTO.. ESTO ES ASI ? PORQUE RECIEN ME PASAN EL CASO Y EL CAUSANTE FALLECIO EN EL MES DE ABRIL DE ESTE AÑO, DIGAMOS QUE ENTRE LA FERIA Y DEMAS PARA OBTENER LA DECLARATORIA DE HEREDEROS ESTARIA CON LOS PLAZOS JUSTOS...

VOY A LLAMAR AL SEGURO... PERO EL QUE TENGA EXPERIENCIA EN ESTO LE AGRADEZCO QUE ME DE UNA PEQUEÑA ORIENTACION ...

LA PREGUNTA : ES SOLO UN AÑO ??
 #268861  por Pato272727
 
el plazo de prescripción para toda acción nacida del contrato de seguro es de un año. Esta en la ley de seguros.
No necesitas sucesión para cobrarlo porque el beneficio no es a los herederos sino a los beneficiario.
Para el supuesto de que dijera que los beneficiarios son los herederos te recomiendo que veas el tema de la posesión hereditaria de pleno derecho.
Por último podrías pedir al juez que ordene depositar las sumas en autos