Hola, les cuento que tengo que rematar un inmueble por deuda de expensas y dicho inmueble tiene una hipoteca del banco Pcia. de Bs. As.
Cuando notifico al banco la subasta , se presenta en el expediente solicitando la suspensiòn y manifiesta que va a ser uso del art. 74 de la ley 9434 por la cual el Banco tiene la prerrogativa de rematar extrajudicalmente el inmueble.
Ahora bien si el remate que va a realiar el banco es extrajudicial , que pasarà con las expensas adeudadas, se aplica el fallo por el cual si el producido de la subasta no alcanza se hace cargo de las expensas el nuevo comprador?
Alguien tiene idea de como se aplica esto, ya que seguramente como se adeuda la totalidad de la hipoteca, y se adeudan muchas expensas , el monto de la subasta no alcanzarà a cubrir la deuda de expensas. Gracias.
Cuando notifico al banco la subasta , se presenta en el expediente solicitando la suspensiòn y manifiesta que va a ser uso del art. 74 de la ley 9434 por la cual el Banco tiene la prerrogativa de rematar extrajudicalmente el inmueble.
Ahora bien si el remate que va a realiar el banco es extrajudicial , que pasarà con las expensas adeudadas, se aplica el fallo por el cual si el producido de la subasta no alcanza se hace cargo de las expensas el nuevo comprador?
Alguien tiene idea de como se aplica esto, ya que seguramente como se adeuda la totalidad de la hipoteca, y se adeudan muchas expensas , el monto de la subasta no alcanzarà a cubrir la deuda de expensas. Gracias.