Hola a todos: Una clienta consulta sobre diferencias en la liquidación final tanto en la remuneracion como horas extras. La despidieron hace un par de meses.Era empleada de ORIGENES AFJP, pero al ver los recibos de sueldo, algunos meses cobraba de ORIGENES AFJP y también de ORIGENES Seguros de Retiro S.A. segun vendiera junto con "renta vitalicia" un "seguro" (un paquete con diferentes productos).Pregunto: ¿Qué CCT se aplica?. Alguien puede darme orientación para armar la demanda. No hubo reclamo al empleador de ningún tipo. No hubo intercambio telegráfico. Prestaba servicios en Capital Federal, pero ella tiene domicilio en La Plata.No tengo ningún modelo de demanda ni para empezar- hago familia- por si alguien puede facilitarme alguno, además de una liquidación para ver cómo es el armado. Mi mail es PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com. gracias
Esos empleados no tienen CCT por actividad, tendrías que averiguar si existe algún convenio de empresa, Yo lo desconozco.
Fijate si del recibo de haberes surge que lo encuadraban en alguno. De una u otra manera primero tenés que hacer la liquidación, y asegurate de que existan diferencias adeudadas, después intimar por telegrama al pago y, por último, pensar en hacer la demanda.