Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Superposición tributaria de patente...??

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #269928  por cam
 
Hola, quisiera que se me informe el modo en que se debe proceder en la siguiente situación:

En el año 2007 se adquiere un vehículo en la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fé, siendo el nuevo propietario(a) de la ciudad de San Nicolás, provincia de Bs As. Se realiza todo el procedimiento debido (denuncia de venta, transferencia...), no se da de baja la patente, más se adquiere el alta en la ciudad de San Nicolás (no sabiendo el nuevo titular que esta era de caracter provisional). Dentro del período de tiempo en que este fue propietario no se faltó a ningún pago correspondiente a la patente (correspondiente a la provincia de Buenos Aires) y todo en cuanto respecta al automotor se mantuvo al día.Cuando se intenta revender el rodado dentro de la nueva provincia, el nuevo comprador (b) no puede hacer la transferencia. Tras averiguar, es informado el vendedor (a), que la provincia de Santa Fé reclama impuestos impagos que corresponden a la patente del automotor los cuales comprenden el período de meses entre Junio y Diciembre del año 2007, sin embargo nada reclama de los meses correspondientes al corriente año, lo que resulta extraño. Tras ofrecer la prueba de todos los pagos pertinentes realizados en la provincia de Bs As a pesar de lo cual la municipalidad santafesina se niega a aceptarlos y refiere que no se procederá a dar la baja hasta que no se pague lo adeudado a esa municipalidad. Dentro del lapso de 17 meses que transcurrieron jamás se informó al titular nada sobre deuda alguna mientras que los impuestos debidos fueron abonados en tiempo y forma en la jurisdicción que corresponde al titular y al rodado. No obstante esta situación, la única respuesta que se consiguió en la municipalidad que reclama es que (a pesar de haberse realizado los pagos que se disputa, en otra provincia) no habrá baja si no se les paga. Considero que se trata de superposición tributaria aunque aquella no lo admita. ¿Debe ser liquidada la supuesta deuda? ¿De nada sirven los recibos de pago de la patente como lo sostiene la municipalidad de Villa?
Por otra parte ¿No informa todo el proceder el Registro Automotor a las municipalidades?
 #270326  por poorlaw
 
Hola cam:

Es una especulación: tal vez el Código Fiscal santafecino diga que aunque se dé de baja por cambio de radicación de un vehículo por transferencia hacia otra jurisdicción, igual el fisco percibe la patente por el total del año, considerando que el hecho imponible se perfecciona con tan solo la radicación en un día del año. Es decir, no permite el prorrateo de acuerdo a las cuotas que pudiere haber en el año calendario fiscal. Hay que considerar que la patente es anual. Por eso no te reclaman el 2008.

Que llevés las patentes pagas de Buenos Aires les importa nada.

Corroborralo, por favor. Habría que leer el Código Fiscal y la ley impositiva para el 2007.

Saludos.