Alguien sabe donde está regulado en el CPCyC el pronto despacho? Lo busque pero no lo encuentro. Gracias!
creo que eso lo vas a encontrar en la ley de procedimiento administrativo. Ejemplo: para hacer un reclamo ante la administracion pública presentás una nota. No te dan bola. Solicitas PRONTO DESPACHO. A partir de ahí la Administración tiene 60 días para contestarte. Caso de silencio, te queda expedita la vía judicial.
Espero haber colaborado.
Mauri