Hola. La sustitución de embargo procede en todo tiempo. Es un incidente y podría solicitarse que tramite por separado a fin de no entorpecer el principal. Tenés que mostrar que la sustitución es procedente y resulta ventajosa para el acreedor sin causar mayor gravamen al deudor. En realidad el deudor será quien te responda. Pero cuidado, si pensás sustituir un inmueble por un mueble, poca suerte tendrás. En todo caso, podrías recurrir a un tipo de garantía real. Suerte.