ruthc escribió:hola, como estan??? tengo una duda, un inmueble fue donado de madrea a hija con el derecho de usufructo en favor de la madre, se puede vender ése inmueble? obviamente q la madre (usufructuaria) esta de acuerdo en venderlo.
Otra duda un padre puede venderle la casa a un hijo? a mi me parece q no por el art.1361 C.C. Si alguien me ayuda, les voy a agradecer. BESOS!!!
Hola,
Primera duda: el inmueble se puede vender, con o sin el acuerdo del usufructuario (art. 2916 CCivil), ya que el usufructo no se pierde con la venta (es un derecho real que acompaña a la cosa, tal como la hipoteca).
Segunda duda: acá no entiendo tu redacción, vos estás preguntando si:
¿un padre puede venderle
su casa a un hijo? o
¿un padre puede venderle la casa
propiedad de su hijo a un tercero?
Para el primer caso, si el hijo esta bajo la patria potestad del padre, aplica el art. 1359 CCivil, que impide la venta de cualquier forma. Si ya no está bajo la patria potestad, aplica el art. 1357 CCivil, con lo cual puede, en la medida que sea capaz de obligarse.
Para el segundo caso, suponiendo que todavía esté bajo la patria potestad, si puede, con autorización judicial (ver arts. 297 y 264 quater CCivil).
Espero te sea de utilidad.
¡Saludos!