Hola foristas. He tenido oportunidad de ver muchos contratos de alquiler en donde se establece el pago anual por adelantado del contrato. Se justifica dicha práctica en los casos en que el inquilino no acepta pagar en dólares el alquiler, de manera mensual. Por eso los dueños piden que se pague de esta forma. Qué opinan colegas? Es correcto esto? Cconocen doctrina y jurisprudencia al respecto? Qué pasaría en caso de una resolución anticipada del contrato (teniendo en cuenta que se pagó todo el año por adelantado)? Gracias por la ayuda!