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  • Curatela / Insania tio-abuelo

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #272680  por pablovo
 
Buenas, queria preguntarles cuales serian los pasos para tener la curatela sobre un tio-abuelo mio que esta internado en un hospital desde hace ya un tiempo, detallo un poco,

/ Si bien se esta recuperando de las condiciones fisicas por las que hubo que internarlo padece de demencia senil, con momentos mas lucidos y menos lucidos, si puede salir de la situacion por la que esta internado ahora (falla renal) tendria que ir directamente a una clinica geriatrica.

/ No tiene ningun familiar directo (conyugue o hijo/as), y la unica persona que esta llevando su situacion adelante soy yo, su sobrino-nieto.

/ Perdio la jubiliacion del mes pasado porque ningun escribano y/o autoridad del hospital quiere hacer la carta poder para presentar al anses y que lo pueda representar para cobrar su jubilacion, mientras tanto le estoy sosteniendo economicamente a una persona que lo cuida en el hospital y los gastos generados por los impuestos de su domicilio

/ En cuanto a los bienes solo tiene un propiedad pequeña en provincia, en Haedo.

/ La condicion mental en la que esta parece que dado que padecio un accidente cerebrovascular es dificil que mejore


Cuales serian los pasos convenientes para hacer la curatela, la gente de anses me dice que esa seria la unica manera de poder cobrar sus haberes y representarlo en, por ejemplo, un amparo que tengo que presentar contra la obra social de los ferroviarios que no le cubre la clinica geriatrica.

Les agradeceria mucho la ayuda, estoy hiper-sobrepasado, por esta cuestion, no se muy bien por donde empezar,, agradeceria mucho la ayuda, saludos.
 #273003  por doctoreduardo
 
Hola Pablo, no aclarás en tu escrito si sos abogado, en caso que no lo seas, contactate con uno de confianza.

Básicamente la Curatela se trata de una presentación judicial que debe ir acompañada por al menos dos certificados médicos que avalen el pedido y las razones para pedirla, presentando además las constancias de los bienes del presunto insano.

Todo esto está regulado en los Art. 140 y ss del Código Civil.

Saludos
 #278371  por pablovo
 
Hola, hace unos dias atras habia abierto un topic para saber como hacer el pedido de curatela por un tio-abuelo que finalmente fallecio la semana pasada.
Queria consultarles si saben que necesito para presupuestar la sucesion de una casa pequeña que tenia el tio en Haedo.
La idea es ver si podemos empezar la sucesion antes de la feria judicial, hacer la declaratoria de herederos y ver quienes se presentan, abrazos y gracias.