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  • trabajador registrado con fecha posterior a la real

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 #274701  por nadia08
 
Hola, como estan todos:
Necesito ayuda, atento a que no me especializo en esta rama, un trabajador es despedido por cumplirse el periodo de prueba, lo notifican, pero en realidad la fecha real de ingreso es dos meses antes a la registrada, es decir, es registrado el 1º de septiembre cuando en realidad ingreso el 1º de julio, es posible rechazar el despido mediante otro telegrama alegando que no estaba mas en periodo de prueba atento que a la fecha real de ingreso es el 1º de julio y el periodo de prueba tomando esta fecha termino el 1º de septiembre... por lo que a la fecha estariamos ante un contrato de tiempo indeterminado, hasta donde se la intimacion para que corran las multas de la 24.013, deben ser hechas estando la relacion laboral vigente, pero si esto es posible necesito urgente que alguien me facilite un modelito de telegrama para rechazar la CD.
Alguien que me de una manito, desde ya muchas gracias.
 #274989  por nadia08
 
Gracias por tu respuesta... yo confeccione el telegrama de la siguiente manera a ver que te parece.

Rechazo su CD Nº de fecha por inexacta, falsa y maliciosa. Los hechos vertidos en la notificación no acaecieron como se describen, ya que la fecha que se toma como inicio de la relación laboral es incorrecta y no es real para encuadrar la misma en el art. 92 bis L.C.T., atento a que la fecha real de ingreso fue el 1º de julio de 2008, por lo que me considero injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Por ello, INTIMO plazo perentorio de ley abone haberes pendientes e indemnizaciones correspondientes conforme a leyes laborales vigentes, entregue certificaciones conforme art. 80 de la LCT bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. .

Ahora una consulta mas!! la Ley 25.323 no quedo derogada?? se sigue aplicando??
 #275002  por DAL
 
NO, injuriado nada.
Pedí que registre conforme la real fecha de ingreso bajo apercibimiento ley 25323 y atento al despido sin causa le abone la indemnización art. 245 y demás.
No se da por despedido porque ya lo despidieron.
 #275085  por nadia08
 
Disculpa que te moleste tanto es que lo tengo que entregar hoy a la noche, para que lo mande mañana. Lo modifique con lo que me pusiste, que decis.

Rechazo su CD Nº de fecha por inexacta, falsa y maliciosa. Los hechos vertidos en la notificación no acaecieron como se describen, ya que la fecha que se toma como inicio de la relación laboral es incorrecta y no es real para encuadrar la misma en el art. 92 bis L.C.T., atento a que la fecha real de ingreso fue el 1º de julio de 2008. Por ello, INTIMO plazo 48 hs. registre conforme la real fecha de ingreso bajo apercibimiento ley 25323 y atento al despido sin causa abone haberes pendientes e indemnización conforme a leyes laborales vigentes, entregue certificaciones conforme art. 80 de la LCT, caso contrario iniciare las acciones legales correspondientes.
Nuevamente gracias y perdon por las molestias.