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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #274910  por marianmollet
 
hola! necesito informacion sobre lo siguiente:
intimamos por las multas de la 24013, y el empleador a las dos horas de dejar nuestro tlc en el correo, deja en el mismo, cd de despido. nuestro tlc fue cerrado con aviso, dado que concurrieron a la mañana y el local estaba cerrado, y luego otra empleada manifesto que la titular del local no estaba. por la tarde, mi clienta recibe la cd de despido. como es cuando se cierra con aviso? segun me dijo el del correo, se tiene por notificada a la primera visita. es asi??
en el caso de que se discuta luego en juicio, se puede argumentar con la hora en que c/u dejo la notificacion en el correo? (como para decir q la nuestra ingreso primero y no sria un problema imputable a mi clienta la demora por la no recepcion?) no se si se puede, se me ocurre...pero no me dedico demasiado a laboral.
gracias!!!