hola a todos, mi duda es la siguiente tengo que iniciar un divorcio en lomas de zamora segun el art 214 inc 2, me conviene iniciar el divorcio y en la audiencia preliminar tratar de llegar a un acuerdo por tenencia, regimen y alimentos o lo inicio por separado, en caso de esto ultimo, que es lo que me conviene iniciar por separado los alimentos, el regimen o la tenencia? si es posible si alguen me sabe explicar ventajas o desventajas de C/U.
porque no tratas de que sea presentacion conjunta y en el mismo escrito de inicio del divorcio hacen el convenio por tenencia, alimentos y visitas y piden que se homologue?
en caso que no puedas, tenes que iniciar el divorcio y aparte todos los demas, son todos juicios diferentes.
tenencia es uno, alimentos otro y visitas otro.
en gral cuando inicias uno y te dan la 1 audiencia arreglas los otros.
Lo mas logico es que la audiencia mas pronta sea en alimentos.
saludos