Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • prescripcion contrato de locacion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #278368  por nuevito
 
No encuentro cual es la prescripcion respecto de un contrato de locacion para vivienda.. si me dicen donde se fundamenta se los agradeceria.
 #279110  por elunehi
 
Art. 4.023.(Codigo civil) Toda acción personal por deuda exigible se prescribe por diez años, salvo disposición especial.

Igual plazo regirá para interponer la acción de nulidad, trátese de actos nulos o anulables, si no estuviere previsto un plazo menor.

Art. 4.027.(Codigo civil) Se prescribe por cinco años, la obligación de pagar los atrasos:

1° De pensiones alimenticias;

2° Del importe de los arriendos, bien sea la finca rústica o urbana;

3° De todo lo que debe pagarse por años, o plazos periódicos más cortos.

era esto lo que preguntabas?
 #282429  por piponius
 
El plazo máximo lo tenes en el art. 1505 del codigo:

"Cap. II - Del tiempo en la locación
Art. 1505.- El contrato de locación no puede hacerse por mayor tiempo que el de diez años. El que se hiciere por mayor tiempo quedará concluido a los diez años".

El tiempo minimo lo tenes en la ley de locaciones urbanas. El mismo es de 2 años para la locacion destinada a vivienda y de 3 años para el resto de los destinos.
 #283179  por Mordisco
 
Hay un error de terminología, el contrato no prescribe, lo que prescribe es la acción