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 #279087  por analiaTorres
 
HOLA A TODOS.. INTENTARE SER BREVE Y ESPERO QUE PUEDAN AYUDARME..
DOS PERSONAS COMPRAN UN AUTOMOTOR Y LO REGISTRAN 50% C/U...
SE PELEARON.. Y UNO DE ELLOS TIENE EL USO EXCLUSIVO DEL AUTOMOTOR.. Y HACE UN PAR DE DIAS.. NO SABEMOS EL PARADERO DEL OTRO TITULAR Y DEL AUTO NADA!!!
HABLO CON EL OTRO CONDOMINO (QUE SE LLEVO EL AUTO) Y ME DICE QUE LO VENDIO... (QUE VENDIO SU 50%) Y QUE EL YA NO TIENE NADA QUE VER...
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE... PUEDE VENDER EL 50% DEL AUTO??? NO NECESITA LA FIRMA DEL OTRO CONDOMINO??
QUE TIPO DE DENUNCIA HAY QUE HACER.?? EL TEMA ES LA RESPONSABILIDAD... SI VENDIO UN AUTO... Y LO USA OTRA PERSONA Y MATA A ALGUIEN.. AL QUE VAN A IR A BUSCAR ES A MI CLIENTE!!
FUI A LA COMISARIA... Y ME SACARON.. (CON DIPLOMACIA) DE UNA PATADA.. YA QUE NO HAY CONFIGURACION DE DELITO.. PORQUE NO ES ROBO...
AHORA NO SERIA UNA ESTAFA??!!
COLEGAS... LA OPINION MAS SIMPLE ME SIRVE MUCHISIMO.... MIL GRACIASSSSSSSSSS
 #279214  por Pandilla
 
Hola analiaTorres, en principio, por la información que Usted ha escrito, no sería Estafa, (los elementos principales de la Estafa son: Fraude (ardid o engaño), error (por lo primero, la persona "cae" en error), y la disposición patrimonial (que genera el perjuicio patrimonial). Sin embargo, habría que analizar a la cuestión, bajo los incisos del artículo 173 del CP.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #279322  por miltriti
 
porque no se fija primero con un informe de dominio si todavia sigue o no inscripto a nombre del condómino que dice haber vendido??

Es otras palabras, debería probar ese hecho no sólo con los dichos de este sujeto sino con documental, en este caso, informe de dominio.
 #279331  por analiaTorres
 
pedi el informe de dominio... y todabia no hay transferencia hecha a nombre del nuevo condomino... Por otro lado un productor de seguros me dijo que no se puede hacer la transferencia sin la firma de los dos.. por mas que se transfiera un 50%. Esto es asi??
Colegas... esto lo hago de favor... me dedico a la parte previsional.. y algo de familia.. estoy muy perdida...
no se que herramientas legales utilizar para deslindar de responsabilidad a mi cliente.. :oops: :?:
 #279333  por analiaTorres
 
Pandilla escribió:Hola analiaTorres, en principio, por la información que Usted ha escrito, no sería Estafa, (los elementos principales de la Estafa son: Fraude (ardid o engaño), error (por lo primero, la persona "cae" en error), y la disposición patrimonial (que genera el perjuicio patrimonial). Sin embargo, habría que analizar a la cuestión, bajo los incisos del artículo 173 del CP.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
hola.. gracias por sus respuestas.. yo ayer tambien estaba leyendo ese art. del cod penal... me expresa mal en utilizar el termino estafa... ya que ese art. esta dentro de ese capitulo... quiero encuadrar la accion para que me tomen la denuncia... y por lo menos dejo asentado que mi cliente no tiene la posesion del automotor desde X fecha....
 #279401  por lawman
 
Tema complicado, fijate por el lado de la retención indebida en primer termino. Luego vas a tener que caer si o si en la faz civil, ya que la otra persona no deja de ser dueño del auto. Igualmente pedi un informe en el registro, para constatar si efectivamente vendio o no vendio el auto, si lo vendio emplaza al otro dueño a que se presente con el vehiculo y deja constancia por la responsabilidad civil.
Espero haberte sido util
 #279774  por analiaTorres
 
ESTIMADOS COLEGAS...
El tema se me complica cada vez mas... hoy fui al registro.. me dieron el nuevo informe de dominio y todavia figura a nombre de los dos... me informaron que la otra persona puede vender y transferir su 50%. para que eso no pase.. tengo que solicitar una medida de no innovar...
la faz civil.. tengo que hacer la division del condominio... eso lo tengo claro..
yo queria hacer algo penal.. una defraudacion me parecio que encuadra ...
Fui a la policia y no quieren tomar la denuncia...!!!!! :evil:
Estoy furiosa...
algun solidario... tiene algun modelo de escrito.. para presentar en la UFI de turno.. donde mi cliente se hace una denuncia espontanea? (sin patrocinio)... esto es factible??

PLEASE!!! ALGUNA AYUDA U OPINION..!!!
MIL GRACIASSSSSSSSSS
 #279802  por Pandilla
 
analiaTorres, hasta donde alcanzo a entender, los tipos penales, no pueden inventarse. Para mí, para que puede "existir cuestión penal", primero, se tendría que traspasar el límite del Derecho Civil. Eso sería algo así como "Dolo + Conducta Dolosa + Responsabilidad Extracontractual + Valor y Disvalor Penal".
Igual, le aclaro, en sede penal, también se puede solicitar medidas cautelares; pero, hace falta una conducta que encuadre dentro de un tipo penal.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #279820  por analiaTorres
 
Pandilla escribió:analiaTorres, hasta donde alcanzo a entender, los tipos penales, no pueden inventarse. Para mí, para que puede "existir cuestión penal", primero, se tendría que traspasar el límite del Derecho Civil. Eso sería algo así como "Dolo + Conducta Dolosa + Responsabilidad Extracontractual + Valor y Disvalor Penal".
Igual, le aclaro, en sede penal, también se puede solicitar medidas cautelares; pero, hace falta una conducta que encuadre dentro de un tipo penal.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
Coincido... No hay dolo en llevarse el auto.. y no dejar que el otro titular lo utilice?? no es una conducta dolosa hacer trasladar el automovil con una grua (seguro) a un domicilio inexistente??
La verdad es que estoy perdida... y furiosa... porque yo habia hablado con el otro condomino y el acepto poner el auto en una agencia y se lo llevo con esa mentira... le mande una carta documento intimandolo a la venta del bien y volvio porque el domicilio es inexistente...
 #279832  por Pandilla
 
Tienen, (entre otras), una alternativa: introducir la denuncia directamente en la sede de la Cámara, ubicada en Viamonte y Libertad.

Saludos.
 #279895  por nemesis1
 
No es una venta de cosa parcialmente ajena?? (civil) :roll:
Saludos
 #279961  por Dr. Neurus
 
nemesis1, escribió: ...."cosa parcialmente ajena??"
interesante reflexión. Pero, en este caso: ¿que vendría, juridicamente, a ser "cosa parcialmente ajena".....? o, en este caso, ¿qué podría ser "ajena".....? o ¿cómo podría ser "ajena".....?

Dr. Neurus
 #279985  por Dr Pucho
 
Si, excelso Doctor Neurus, muy apropiada y oportuna su reflexión continuada. La profundidad de la Filosofía Kantiana es mí gran pasión.
Claro, en este caso, tenemos una convivencia entre dos sexo masculino que, obviamente, "no son un matrimonio" ni instituto parecido. De lo cual se deduce que no les sería aplicable el artículo 185 del CP ni el artículo ¿180 y pico del CPPN.....?. Entonces, en el caso de la compras y/o adquisiciones de "cosa" (arts., 2311 y 2312 del CC...?), realizadas "a medias" o "en porcentajes", ¿qué vendría a ser, patrimonialmente hablando, "esas cosas".....?, ¿qué vendrían a ser "lo tuyo", "lo mío" o "lo nuestro"......?
¿Existe algún regimen legal que contemple estos casos......?
Admirable Doctor Neurus, lo suyo es inconmensurable.

Dr. Pucho
 #280019  por Dr. Neurus
 
Estimado y Apreciado Dr. Pucho, muy profunda su sabia reflexión; pero, le comento que, ningún socialista hablaría de una supuesta existencia de la "cosa ajena". En cambio, un liberal, hablaría de la "cosa ajena" en referida a "mí propiedad". Un conservador, hablaría de "herencia". Un chorrizo ¿hablaría de Justicia....?
Admirable lo suyo Doctor Pucho.

Dr. Neurus

Cosa Ajena: la cosa debe ser ajena, y esto implica dos requisitos, uno negativo: que no pertenezca a quien la hurta, y otro positivo: que la cosa pertenezca a alguien que goce de la tenencia de la cosa.
Debe ser total o parcialmente ajena. Es parcialmente ajena cuando sobre ella existe condominio (es el derecho real de propiedad que pertenece a varias personas, por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble), o sea, cuando pertenece a varios, entre ellos al delincuente, el cual es dueño sólo de una parte de la cosa.
No existe delito de hurto si la cosa es res nullius (son las cosas que carecen de dueño porque no son de nadie) o res derelictae (son las cosas abandonadas por su dueño).