Buenas tardes a todos, quisiera compartir con uds. un caso que me llegó, y si son tan amables, me gustaría contar con otras opiniones...
Ocurre lo siguiente, en 1990 2 personas titulares de dominio de un inmueble, lo venden Boleto de compraventa mediante a una Sra, quien en 1993, sin realizar la escrituración, transfiere los derechos sobre el boleto a otras 3 personas, quienes reciben formal carta de pago en 2001. En el mismo año, los primeros transmitentes y aun titulares registrales del bien, apoderan a un Sr. para que en el plazo de 2 años, otorgue la escritura a favor de los últimos compradores. (En el poder se detallan y reconocen todas las cesiones posteriores.)
Resulta que por los costos, quienes compraron en último término, no pudieron escriturar hasta la actualidad, en que se encuentran con que uno de los titulares registrales del inmueble está inhibido por una deuda de $2000 en una ejecución fiscal de AFIP, iniciada en 2003, (dicha inhibición se inscribio en 2004 ).
Mi idea salvando el tema de la prescripción de la obligación de escriturar, (atento que intentaría invocar que el reconocimiento de las cesiones por medio del poder implicaría una espcie de renuncia a la prescripción ganada), sería solicitar el levantamiento de la inhibicion, al solo efecto de escriturar, pero, como les adelanté, quisiera contar con otros puntos de vista... y saber si les parece procedente...Desde ya gracias a todos, por su tiempo y buena voluntad...y por favor, si dispusieran de algún modelo de este escrito que pudieran facilitarme, quedaría eternamente agradecida. Macris.
Ocurre lo siguiente, en 1990 2 personas titulares de dominio de un inmueble, lo venden Boleto de compraventa mediante a una Sra, quien en 1993, sin realizar la escrituración, transfiere los derechos sobre el boleto a otras 3 personas, quienes reciben formal carta de pago en 2001. En el mismo año, los primeros transmitentes y aun titulares registrales del bien, apoderan a un Sr. para que en el plazo de 2 años, otorgue la escritura a favor de los últimos compradores. (En el poder se detallan y reconocen todas las cesiones posteriores.)
Resulta que por los costos, quienes compraron en último término, no pudieron escriturar hasta la actualidad, en que se encuentran con que uno de los titulares registrales del inmueble está inhibido por una deuda de $2000 en una ejecución fiscal de AFIP, iniciada en 2003, (dicha inhibición se inscribio en 2004 ).
Mi idea salvando el tema de la prescripción de la obligación de escriturar, (atento que intentaría invocar que el reconocimiento de las cesiones por medio del poder implicaría una espcie de renuncia a la prescripción ganada), sería solicitar el levantamiento de la inhibicion, al solo efecto de escriturar, pero, como les adelanté, quisiera contar con otros puntos de vista... y saber si les parece procedente...Desde ya gracias a todos, por su tiempo y buena voluntad...y por favor, si dispusieran de algún modelo de este escrito que pudieran facilitarme, quedaría eternamente agradecida. Macris.