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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #20153  por Ester
 
Hola!!
Alguién me puede informar que trámites debe realizar el empleador para que su empleado se jubile, no estoy hablando de la intimación para que lo haga sino de:
certificación de servicios (está todavia en actividad)
---Qué más debe hacer????-evidentemente me pregunta a mi porque no tiene contador que lo asesore y yo.....no se!!!

 #22485  por amg
 
Ester, tengo un caso similar al tuyo. Obtuviste respuesta?

 #22502  por jez
 
amg escribió:Ester, tengo un caso similar al tuyo. Obtuviste respuesta?
hola. ya que estan en esos temas les pregunto, puedo hacer la jubilacion de alguien que esta trabjando y va a seguir trabjando? por ejemplo, porque tiene un negocio.
seria con turno,no?
 #22505  por nomi
 
Ester escribió:Hola!!
Alguién me puede informar que trámites debe realizar el empleador para que su empleado se jubile, no estoy hablando de la intimación para que lo haga sino de:
certificación de servicios (está todavia en actividad)
---Qué más debe hacer????-evidentemente me pregunta a mi porque no tiene contador que lo asesore y yo.....no se!!!
El empleador deberá completar la Certificacion de servicios y Remuneraciones y el formulario Afectacion de Haberes .Dicha documentación deberá estar completa en todos sus campos sin tachaduras ni enmiendas, firmada y Certificacadas por autoridad Bancaria , notarial juez de paz o Anses (no por Policia). Si desempeño tareas diferenciales debera en: caracter de los servicios especificar decreto y si tu licencias o ausencias sin gose de sueldo debera especifificarlo en el campo que figura al dorso de la certificacion.
Es obligacion patronal extender dicha certificacion segun el articulo 12 inc.G de la ley 24241y artic 80 de la LCT[/u]

 #22507  por marianaferoldi
 
Jez: tu cliente es monotributista?? Si es así no hay problema para que se jubile aunque esté en actividad. Una vez que empiece a percibir el beneficio hacés modificación de datos en monotributo y lo encuadrás como "aportante jubilado" y listo

 #22524  por Ester
 
A todos los que respondieron: muchas gracias!!!!

 #22549  por jez
 
marianaferoldi escribió:Jez: tu cliente es monotributista?? Si es así no hay problema para que se jubile aunque esté en actividad. Una vez que empiece a percibir el beneficio hacés modificación de datos en monotributo y lo encuadrás como "aportante jubilado" y listo
y puede inicir por web? o solo con turno?
al periodo post 2003 le tengo que poner art. 1?

 #22765  por marianaferoldi
 
Si tiene pagos posteriores a 1993 va con turno, salvo que uses art. 1 de ahí en adelante, pero si son muchos los pagos realizados no creo que te convenga

 #22771  por jez
 
marianaferoldi escribió:Si tiene pagos posteriores a 1993 va con turno, salvo que uses art. 1 de ahí en adelante, pero si son muchos los pagos realizados no creo que te convenga
y el cese como funciona? porque no tendria cese si esta en actividad. o es ceses 2007 y tiene 1 años de art.3?

 #23044  por SOFIAV
 
jez escribió:
marianaferoldi escribió:Si tiene pagos posteriores a 1993 va con turno, salvo que uses art. 1 de ahí en adelante, pero si son muchos los pagos realizados no creo que te convenga
y el cese como funciona? porque no tendria cese si esta en actividad. o es ceses 2007 y tiene 1 años de art.3?
el cese lo aplicas al ultimo pago y tomas si podes los 7 años ddjj. depende de la fecha del ultimo pago. (cese ficto)