Amigos foristas,
Les queria hacer la siguiente consulta... ¿Ante que posibles riesgos se enfrenta una empresa que en vez de pagar el medio aguinaldo el 31 de dic como dice la LCT lo hace dentro de los primeros quince días de enero?.
Estimo que algun empleado podrá enviar un telegrama intimando al pago del mismo. pero.. ¿podría llegar a considerarse despedido porque el pago del SAC se atrasa unos días?
Gracias,
Saludos
Les queria hacer la siguiente consulta... ¿Ante que posibles riesgos se enfrenta una empresa que en vez de pagar el medio aguinaldo el 31 de dic como dice la LCT lo hace dentro de los primeros quince días de enero?.
Estimo que algun empleado podrá enviar un telegrama intimando al pago del mismo. pero.. ¿podría llegar a considerarse despedido porque el pago del SAC se atrasa unos días?
Gracias,
Saludos
Caminante no hay camino, se hace camino al andar...