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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #20623  por gabita
 
les cuento inicie una jubi la cuestion es que la sra 64 años tenia aportes hasta 1999 y estaba dada debaja por no reempadronarse en el 2004 yo lo que hice fue tomar la fecha de inscripcion y como le faltaba meses para que le entre en la moratoria le amplie 3 meses para atras y renuncie todos los periodos desde el ultimo pago hasta el 2004 aplicando ley 25321 la cuestion que llega perfecto a los requisitos para jubilarse.
ahora me manda una carta met diciendo que no se puede aplicar los beneficios de la ley 25321 ya que no llega a lso 30 años , en realidad los llega aplicando el exceso de edad , y que tengo que hacer un nuevo sicam
alguien le paso algo asi?

 #20625  por martha
 
Lo que ocurre es que el art.1 de la 25321 te dice que solo podes aplicarlo cuando la persona tiene 30 años de aportes, y por lo que interpreto de tu comentario esa señora no llegaba a los 30. como te quedan pocos dias yo haria otro Sicam rapidamente, no te conviene pelear con ellos, dada esta situacion, pero es mi opinion, tal vez otro pueda darte otro consejo.
Tengo que iniciar uno en Met y justamente me sugirieron la renuncia porque tiene mas de 30 años. :!:

 #20627  por gabita
 
LLEGA A LOS 30 AÑOS Y MESES ENTRE LOS APORTES EFECTIVOS Y EL EXCESO DE EDAD , ASNES ESO TE LO ACUERDA Y NO ENTEINDO PORQUE MET NO .
LO PEOR QUE ERA MI DUDA AL INICIAR Y SE LO PLANTEE A LA INICIADORA Y ME DIJO ESTA PERFECTO