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  • se configuró un despido???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #285891  por andi
 
Hola a todos, les comento un caso que me llegó, no tengo mucha experiencia con lo laboral. Se trata de varios trabajadores en blanco que trabajaban para una industria maderera, a mediados de año, la dueña del establecimiento alquilo el mismo a un tercero, ella se desentendió de sus empleados, lo cuales continuaron en trabajando negro para la persona que lo alquiló. Cuando averiguaron sobre los aportes hechos, advirtieron en anses que nunca fueron efectuados, sin embargo a algunos de ellos durante los veinte años que trabajaron se le efectuaban los descuentos, pero nunca ingresaron al sistema. En diciembre la dueña les pago el aguinaldo y vacaciones adeudados del año pasado, quedando pendiente aguinaldo y vacaciones del corriente año, manfestando que como ella estuvo a cargo del establecimiento hasta mediado de año solo le correponde abonar la mitad, la otra mitad le correpsonderia al que esta alquilando.
Como les dije ella se desentendio de sus empleados a mediados de año, hasta ese momento recibian sus recibos de sueldo. Se configuria un despido en este caso??.-
Desde ya muchas gracias
 #285907  por MORGAN
 
Como que trabajaban, trabajan o trabajaban?
 #285908  por andi
 
Hola, trabajaban en blanco para la duena, cuando esta alquila siguieron trbajando para la persona que esta alquilando pero en negro, como changarines, la dueña del establecimiento se desentendio de ellos.- Es decir siguen trabajando en el mismo lugar pero en negro.-
 #285915  por andi
 
Por lo que estuve leyendo segun la LCT, la relacion laboral debe continuar en las mismas condiciones cuando hay transferencia del establecimiento por cualquier titulo, es decir que la persona que esta alquilando seria solidariamente resposable de todas las obligaciones existentes al momento de la transferencia, esto es asi????
 #285919  por MORGAN
 
Hay una cesión -arts. 225 y 228 LCT-. No están en negro -salvo que hubiera precedido un despido pero no surge de lo que contás-, intimá a que le abonen lo adeudado y entreguen recibos.
 #286125  por andi
 
La falta de ingreso de aportes y lo puedo reclamar a cualquiera de los dos???. La entrega de recibos lo reclamo al que esta alquilando el establecimiento???.
Gracias
 #286206  por MORGAN
 
Por ahora los aportes podés no reclamarlos, lo urgente es el pago de lo adeudado y la entrega de recibos porque de ahí va a surgir el conflicto, intimá al cesionario -nuevo dueño-.
 #286471  por andi
 
Hola morgan, ellos estaban cobrando, no su sueldo anterior, sino por semana, anteriormente cobraban por quincena, que puedo hacer en este caso, reclamo diferencias de haberes???
 #286673  por quintela
 
empeza por Intimar para que registren las relaciones laborales en negro, ley 24013 y reclamo los rrubros que les adeuden.
 #286803  por andi
 
Ellos no estaban en negro, estaban registrados con la anterior dueña, el problema se presento cuando esta alquiló el establecimiento a un tercero, sus trabajadores no saben en que situacion quedaron, si siguen en las mismas condiciones que con su anterior patrona o no. Anteriormente cobraban por quincena, con sus respectivos recibos de sueldo, ahora cobran por semana como changarines, su nuevo empleado manda todas las semanas un monto X, y lo dividen en partes iguales entre todos los trabajadores, es por ello que ellos dicen que su anterior patrona los abandonó.-
 #286919  por MORGAN
 
No importa como cobran -por semana, quincena, mes- sino cuanto, cobran menos?, les adeudan sac, horas extras, etc.?, si cobran más no lo vas a intimar a que le paguen las diferencias, si cobran menos que antyes ahí sí intimá a que les abonen las diferencias de acuerdo al CCT y categoría tal y entreguen recibos de sueldo conforme LCT. Podés chequear si los dieron de baja.
 #286922  por DAL
 
Pediles a todos que saquen una clave fiscal en AFIP e ingresen ( o hacelo vos) a MIS APORTES y ahí veran su situación ( si cambio el empleador, no cambio, los dieron de baja, por que motivo, etc).
 #287674  por lucina
 
Hola, totalmente de acuerdo con Dal. Y luego de que conozcas fehacientemente cuál es su situación entonces intimá no solo por la ley nacional de empleo (24013, en la que recordá tendrás con el primer TCL poner a la AFIP en conocimiento de la anomalía de la situación, de acuerdo a la ley 25.345 transcribiendo dentro de las 24 hs de remitido el 1º TCL al empleador el contenido de este último, de lo contrario caen las multas de la ley 24.013) sino que también es el momento de intimar por los aportes previsonales y de obra social no efectuados y si retenidos pues configura un fraude laboral que da derecho a despido y a indemnización, ante la falta de depósito de los aportes el trabajador tiene derecho a exigir al empleador entregue constancias tendientes a comprobar el cumplimiento de su obligación (art. 18 de la ley 20.147). Si el empleador no exhibe los comprobantes su actitud es considerada legalmente con el mismo grado de injuria que el no pago de salarios. Pero cuando intimes intimá por todo, primero cerciorate como bien dijo Dal y luego si mandá los TCL con TODO lo que tengas que reclamar y pueda considerar una injuria, recorda que luego no puede modificarse ni ampliarse la causal por la que un trabajador se siente injuriado y despedido (principio de "invariabilidad de la causal de despido") y cuanto mas elementos anómalos encuentres mas probada quedará la injuria del o los empleadores -
Lee la ley que te cité y sobre todo la LCT, 24.013 (arts.8,9,10,11 y 15), 25.345, 20.147 y art. 2 de la ley 25.323 (multa que se aplica aunque apliques las emanadas de la 24.013).-

Espero te sea útil, saludos.-
 #287697  por dranlp
 
Hola, efectivamente como indicaban tenes que intimar por la regularización registral, el pago de haberes adeudados, aguinaldos, etc. Asimismo, debes intimar que se te exhiban los comprobantes de pago de los aportes que fueron retenidos, de acuerdo al 132 bis, para después poder solicitar las multas que determina dicho artículo, y para el supuesto que en un posterior litigio no te entreguen los certificados podes solicitar las asteintes hasta su efectiva entrega. Es una buena herramienta de presión y a parte, para el supuesto que no logres un acuerdo hasta que regularicen la situación suele ser bastante dinero en astreintes. Suertes y saludos.
 #293719  por andi
 
Hola a todos, muchas gracias por la auda, hoy van a sacar recien la clave fiscal y voy a poder saber en q situacion estan, cuando lo sepa haré la TL y les comento como voy. Besos