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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #287216  por liza
 
Buen año para todos!
Colegas el dia 2 de Enero del presente viene un cliente con una CD mediante la cual dice: "notificamoles que por reestructuracion despedido a partir del 28 de febrero del año 2009".
Mi cliente es un profesor que daba ciencias naturales en el Colegio San Patricio.
Quiero saber si esta bien lo que hice, espero no haberme equivocado, conteste la CD en general.
"rechazo y niego supuesta reestructuracion que alude, en la misiva en conteste no menciona ni hace alucion a que tipo de restructuracion se esta refeririendo, y es obvio por cuanto no existe tal.
En consecuenca IMPUGNO y NIEGO despido por resultar el mismo INCAUSADO y lo intime a qu en el termino de 48 hs. abone indeminizacion (art. 245 y ccs. de la LCT). IMPUGNE LE CAUSAL.
Mi cliente recibe la CD el dia 2-1-09 y la contesta el dia 3-1-09.
Les pregunto ademas, el tiene una antiguedad de 10 años por lo tanto el preaviso es de 2 meses. El empleador remitio la CD el 31-12-08 y mi cliente la recibe el 2-1-09 y el despido comienza a partir del 28-02-09. Entonces en la liquidacion el art. 231 de la LCT no iria?.
Tratandose de un docente con titulo habilitante prestando servicios en dicha institucion privada, le reclamo el art. 245 por despido sin causa, que mas le puedo reclamar, hay algun estatuto especial,.
Mi cliente al haber contestado la CD impugnado el despido por incausado y reclamando indeminizaciones, en el mes de Febrero no debe ir al Colegio para nada? Disculpen parece tonto lo que pregunto pero es una duda al fin.
Espero contar la ayuda de mis colegas. Atte. Liza.
Necesitaria urgente saber si lo que hice esta bien o debo modificar algo?
 #287328  por ricar2
 
puedes consultar en el estatuto del docente privado , ley 13047, en principio si hay una reestructuracion deberian ofrecere un nuevo cargo , otro curso , etc... la ultima alternativa es el despido .
 #287485  por liza
 
ricar2 escribió:puedes consultar en el estatuto del docente privado , ley 13047, en principio si hay una reestructuracion deberian ofrecere un nuevo cargo , otro curso , etc... la ultima alternativa es el despido .
Hola ricar2: he recibido tu respuesta. Estoy muy agradecida. Como expuse anteriormente dicen reestructuración y lo despiden. Por ese motivo contesto la CD impugno y niego restructuración y digo que es un despido sin causa y los intimo abonen indemnización. Está bien?- Saludos. Atte. Liza