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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #287754  por RomiA
 
Hola, tengo un accidente in itinere reconocido por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
1) puedo demandar a los empleadores o solamente a la ART?
2) se inicia en fuero laboral o de seguridad social?
Gracias!
 #287810  por klaudia7
 
Hola Romi y feliz año!!!
A la 1: Contanos un poco más del caso.
A la 2: Se inicia en sede laboral.
 #287814  por RomiA
 
mi cliente se dirigia al trabajo en la moto cuando es chocado por una camioneta. Estaba en el trayecto y horario apropiado para ser in itinere. Se inicio el tramite ante Comision Medica quie concluyó que era un accidente de trabajo, pero no dictamino acerca de la incapacidad porque la ART no envio la historia clinica.
No me queda claro si demando al empleador o solo a la ART, porque no puede ser art. 1113 CC. Estuve leyendo en algun posts que alguien dije que no se podia demandar al empleador porque no encuadraba bajo ningun tipo de responsabilidad.
Ademas no tengo en claro como juega el tema de la ley 24557, si pido la inconstitucionalidad o no
Y si puedo reclamar todos los rubros aunque no sea 1113 (daño psicologico, moral, etc)
 #287829  por DAL
 
Para demandar al empleador tenes que buscar un fundamento de responsabilidad. La responsabilidad de la ART esta dada por la ley ( la ley la manda a resarcir los accidentes en itinere) pero el empleador no encuadra en el 1113, ni en el 75 LCT.
Cual es la norma que funda la responsabilidad del empleador.

Si podés demandar al causante del daño, por el 1113, al embistente, su conductor, su titular registral y si es empleado a su empleador, asi sí reclamás todo.