Hola!! quería hacerles una consulta para que me orienten. Tengo mi clienta que se tomó libres los días 31 y dos, los cuales su jefe se los había dado de palabra. Siendo que otros empleados se tomaron los días 24 y 26, sin ninguna suspensión posterior.
La cuestión es que mi clienta fue suspendida por dos días, notificada por CD, debido a su inasistencia sin justificación en esos dos días.
La verdad es que no sé si hay intenciones de despedirla, ya que a los demás compañeros no los suspendieron.
Que me recomiendan, mando Telegrama impugnando o lo dejo pasar y se reincorpora normalmente al trabajo???... y si lo impugno con que motivo???. Tengo miedo de no impugnar la suspensión y que luego la despidan por cualquier motivo basandose en eso.
Gracias por la ayuda!!
La cuestión es que mi clienta fue suspendida por dos días, notificada por CD, debido a su inasistencia sin justificación en esos dos días.
La verdad es que no sé si hay intenciones de despedirla, ya que a los demás compañeros no los suspendieron.
Que me recomiendan, mando Telegrama impugnando o lo dejo pasar y se reincorpora normalmente al trabajo???... y si lo impugno con que motivo???. Tengo miedo de no impugnar la suspensión y que luego la despidan por cualquier motivo basandose en eso.
Gracias por la ayuda!!