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  • empleador sin bienes a su nombre

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #294521  por lupi
 
hola a todos tengo un juicio grande para iniciar contra un empleador dedicado a la compra, almacenamiento, acondicionamiento y vta de legumbres, que es una SRL cuyos integrantes son socios que no tienen bienes a su nombre y tanto el inmueble donde funciona la explotacion como otros muebles no son propiedad de los empleadores, por lo tanto que me sugieren demando o no?
En el caso que llegue a demandar ¿alguien me podria asesorar sobre alguna medida cautelar que me permita embargar mercaderias de la explotacion ? como funciona en la practica la intervencion recaudadora como medida cautelar en materia laboral ?
 #294529  por DAL
 
Es perfectamente posible embargar "la caja".
En que jurisdiccion estas???
 #295110  por lupi
 
la jurisdiccion es en rosario. lo que me gustaria saber es como como funciona la intervencion de caja en la practica, dado la particularidad de la explotacion del empleador.
 #295113  por Urielito
 
Yo demandaria igual, sobre todo si tenés prueba suficiente para ganar el juicio. Fijate si podés demandar a las personas física aunque no tengan bienes. A nadie le gusta quedar inhibido o que le decreten una quiebra, así que siempre está la chance de que te ofrezcan arreglar en alguna de las etapas de juicio. Con respecto a la cautelar, para que te la dén ántes de la sentencia vas a tener que probar que los demandados están disponiendo de bienes para insolventarse y cumplir además lo requerido por el CPCC de que se trate en materia de medidas cautelares. Eso sí, aclarale a tu cliente el riesgo de incobrabilidad.
 #295242  por DAL
 
Si el empleador es la SRL y es empleo no registrado te conviene demandarlos como responsables solidarios.
El embargo de caja es sencillo:
Primero vas al API y pedís los bienes de la SRL, te van a dar una hoja impresa mostrando que no tiene ningun inmueble.
Con esto pedís que se embargue la caja, los creditos o las cuentas bancarias, lo que te parezca.
Necesitás ofrecer fianza y constituirla antes de que te firmen los oficios.
Como fiador, un titular de inmueble o bien de mueble de valor superior al embargo pedido.
Cualquier cosa avisame.