Nencesito ayuda...tengo un cliente que es empleado de una coop elec. o sea pertenece al gremio de luz y fuerza. Con fecha 11.01 lo intimaron a que iniciara los tramites jubilatorios diciéndole que le mantenian la relacion laboral como plazo max por un año. El contesta rechazando la CD y manifestando que no va a iniciar los tramites hasta que no le paguen unas diferencias de haberes que reclamaba. Se la contestan negando a que tenga derecho a condicionar el inicio de los tramites jubilatorios a pago alguno y ratifican carta inicial. Con fecha 18.02 le pagan, y con fecha 15.12.08 el remite telegrama comunicando que habia iniciado la jubilacion, pero no pide extension de plazos ni nada. Le contestan que se toma nota de lo expuesto y ratifican CD inicial. Como consecuencia el 08.01.09 le notifican por escritura publica que el 11.01.09 vence el plazo legal de un año para mantenimiento de la rel laboral, razón por la cual a partir de esa fecha queda rescindida la rel laboral. El contesta con telegrama rechazando la misma, pidiendo que le aclaren sit. laboral bajo apercibimiento de darse por despedido, contestandole la coop, negando el tel y ratificando el fin de la rel.
Ahora bien mis pregunas son dos: 1.- Conforme al convenio gremial art. 9 todo trabajador que se jubila tiene derecho a una bonificacion de XXX sueldos, si yo mando telegrama dandose por despedido pondria en juego esa bonificacion????; y 2.- Tiene derecho a darse por despedido conforme lo expuesto y como redacto el telegrama correspondiente?.
Gracias
Ahora bien mis pregunas son dos: 1.- Conforme al convenio gremial art. 9 todo trabajador que se jubila tiene derecho a una bonificacion de XXX sueldos, si yo mando telegrama dandose por despedido pondria en juego esa bonificacion????; y 2.- Tiene derecho a darse por despedido conforme lo expuesto y como redacto el telegrama correspondiente?.
Gracias