Hola a Todos! Consulta: Tengo que hacer un reclamo por alimentos por dos hijos menores. ¿Es retroactiva la cuota? Es decir, en la liquidación, debo incluir las cuotas adeudadas hasta el momento?
En general el reclamo de cuota alimentaria es a partir del inicio de expediente judicial, y a partir de esa fecha tendrías que hacer la liquidación.
Lo que no se reclamó antes no cuenta, porque al ser el alimento algo urgente, se entiende que de alguna forma fue satisfecho.