Hola a todos! Tengo una consulta:
A un cliente le iniciaron juicio ejecutivo en provincia (San Martín) por dos pagares impagos. Se enteró al entrarle el embargo de sueldo.
El tema es que la fecha de los pagares es 2001, el actor (una financiera) manifiesta que hubo pagos parciales, los cuales mi cliente no recuerda haber hecho, y dichos pagares se presentaron al cobro (el saldo) el 30/06/2005 y el juicio fue iniciado el 10/06/2008
Todavía no hay sentencia, solo embargo preventivo.
Mi consulta es: la presentación de los pagares no es solo hasta los 3 años? De que forma un pagare emitido en 2001 puede ejecutarse judicialmente en 2008? Quiza el tema de mencionar los pagos parciales hagan prorrogar la prescripción?
Estuve viendo en un libro de Tìtulos de Crédito, de Escuti, pero no me ayudo de mucho... escucho sus comentarios!! Muchas gracias!!
A un cliente le iniciaron juicio ejecutivo en provincia (San Martín) por dos pagares impagos. Se enteró al entrarle el embargo de sueldo.
El tema es que la fecha de los pagares es 2001, el actor (una financiera) manifiesta que hubo pagos parciales, los cuales mi cliente no recuerda haber hecho, y dichos pagares se presentaron al cobro (el saldo) el 30/06/2005 y el juicio fue iniciado el 10/06/2008
Todavía no hay sentencia, solo embargo preventivo.
Mi consulta es: la presentación de los pagares no es solo hasta los 3 años? De que forma un pagare emitido en 2001 puede ejecutarse judicialmente en 2008? Quiza el tema de mencionar los pagos parciales hagan prorrogar la prescripción?
Estuve viendo en un libro de Tìtulos de Crédito, de Escuti, pero no me ayudo de mucho... escucho sus comentarios!! Muchas gracias!!