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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #22004  por inesgarberi
 
TENGO 3 CLIENTAS QUE CUMPLIERON 60 AÑOS EL 29/7/06,30/8/06 Y EL 10/07, CÒMO CONFECCIONO LA SITUACION DE REVISTA PARA QUE PUEDAN ENTRAR EN LA MORATORIA DE ESA LEY YA QUE LES DIJERON QUE TENDRÌAN QUE HABER CUMPLIDO 60 ANTES DEL 15/02/06 ???NO ENCONTRÈ NINGUNA NORMA O RESOLUCIÒN QUE SE REFIERA A ESE LÌMITE TEMPORAL :(

 #22005  por matiasro
 
Estimada Ines:
No existe ninguna norma que impida que estas personas se adhieran a la moratoria de la ley 24476.
No obstante esto, si ves las caracteristicas de la norma, regulariza deuda hasta el 30/09/1993, es por eso que si no tienen aportes (estimo que es el caso) deberán abonar parte de los años necesarios al contado.
Espero te haya sido útil

Matias
 #22006  por inesgarberi
 
uy què mal, no tienen recursos, a cuànto asciende mas o menos lo que tendrìan que pagar?, o te parece que tienen que esperar para compensar los años faltantes por exceso de edad? gracias por la respuesta

 #22008  por matiasro
 
Estimada Inés:
Esos cálculos debés realizarlos con exactitud a través del sistema SICAM.
Matias
 #22031  por crisbarreiro
 
inesgarberi escribió:TENGO 3 CLIENTAS QUE CUMPLIERON 60 AÑOS EL 29/7/06,30/8/06 Y EL 10/07, CÒMO CONFECCIONO LA SITUACION DE REVISTA PARA QUE PUEDAN ENTRAR EN LA MORATORIA DE ESA LEY YA QUE LES DIJERON QUE TENDRÌAN QUE HABER CUMPLIDO 60 ANTES DEL 15/02/06 ???NO ENCONTRÈ NINGUNA NORMA O RESOLUCIÒN QUE SE REFIERA A ESE LÌMITE TEMPORAL :(
hola!! esa norma no la encontras porque no existe!!!!!! igualhay que ver si le dan los 30 años !!! si es pura moratoria y no tienen aportes es probable que no llegue igual fijate cuando hagas la moratoria. suerte cualquier duda preguntame!!
 #22049  por anya
 
inesgarberi escribió:TENGO 3 CLIENTAS QUE CUMPLIERON 60 AÑOS EL 29/7/06,30/8/06 Y EL 10/07, CÒMO CONFECCIONO LA SITUACION DE REVISTA PARA QUE PUEDAN ENTRAR EN LA MORATORIA DE ESA LEY YA QUE LES DIJERON QUE TENDRÌAN QUE HABER CUMPLIDO 60 ANTES DEL 15/02/06 ???NO ENCONTRÈ NINGUNA NORMA O RESOLUCIÒN QUE SE REFIERA A ESE LÌMITE TEMPORAL :(
Claro le han dicho eso a tus clientas por el tema de la compensacion por excedente de edad, para que no tengan que pagar fuera de moratoria los meses que le faltan.
En tu caso vas a tener que esperar a que compensen con la edad o vas a tener que comprar meses por SDM hasta llegar a lo que te falta.

 #22052  por Cleopatra
 
Ines:

no hay normativa que te impida jubilarlas, la imposibilidad se da en la practica, ya que el exceso de edad que se genera es casi inexistente y no te alcanzan los periodos que tienen q abonar dentro de la moratoria. Vas a tener que calcular dichos periodos por fuera de alla y realmente son bastante caros y se abonan de contado, más el pago de la moratoria.
A manera de ej, te digo q una clienta tuvo q pagar 7 meses por fuera de la moratoria y el monto ascenció a los $3.300
De querer realizar los pagos por fuera de la moratoria avisa y te ayudo en lo q pueda