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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #22558  por amonra1962
 
Saludos a todos los foristas.
Las personas que tienen aportes en AFJP menos de $ 20.000.- pasarán a reparto. Pregunto: Por ejemplo, una persona que tiene 2 años. Se podrán obviar esos aportes y hacer el SICAM normalmente, ya que justamente son del 2005 al 2006?
El problema es que solamente le puedo poner 1 año de beneficio. Si lo pudiera obviar le mandaría los 7 años.
Gracias por su respuesta.
Raul.

 #22577  por amg
 
para la ddjj tenes que tener en cuenta el cese, no importa si es reparto o afjp

 #22588  por ramon
 
estimado sr . si es rrdd, fuistes ,toma cese, ahora si es aut o mt. si podes renunciar por el art1 . 25321

 #22673  por amonra1962
 
Pero si para R.D. no tengo fecha de inscripcion ni de cese. Monotributo no tiene asi que cese no hay. Pero le aportaron 2 años en una afjp.
Lo que quiero saber es si estando esos pequeños aportes en afjp los puedo dejar sin efectos y hacer el SICAM normalmente?
Gracias
Raul

 #22676  por gmv
 
si queres dejalos sin efecto. pero vas a poder tomar como declaracion jurada los años que te permita la ley segun el ultimo aporte en R.D. .saludos

 #22714  por VGalbicka
 
si los aportes figuran en SIJyP (sabana de aportes) no los renuncies. Los años que podes mandar por declaracion jurada son años baratos y en el computo final no va a haber mucha diferencia.
Si no tenes pruebas de esos años de aportes hacé una llamada en la solicitud y escribí en observaciones "tomese de SIJyP según resolución 980" y no necesitas probarioria documental.
Yo en tu lugar no los renunciaria: hacé el calculo estimativo y vas a ver que te conviene presentarlos.

 #22719  por ramon
 
[.
Yo en tu lugar no los renunciaria:
y vas a cobrar en un año? aclara.

 #22722  por matiasro
 
VGalbicka escribió:si los aportes figuran en SIJyP (sabana de aportes) no los renuncies. Los años que podes mandar por declaracion jurada son años baratos y en el computo final no va a haber mucha diferencia.
Si no tenes pruebas de esos años de aportes hacé una llamada en la solicitud y escribí en observaciones "tomese de SIJyP según resolución 980" y no necesitas probarioria documental.
Yo en tu lugar no los renunciaria: hacé el calculo estimativo y vas a ver que te conviene presentarlos.
Estimados:
No olviden que técnicamente no se puede renunciar a períodos que determinan la base jubilatoria. Por otra parte el hecho de que los aportes se destinaran a una CCI no cambia su naturaleza y como mencionan el art 38 es absolutamente claro en cuanto a la cantidad de años de DDJJ posibles.
El cese ficto solamente es una circular que reglamenta la ley en caso de pagos autónomos exclusivamente.
Matias

 #22729  por VGalbicka
 
Matias yo pienso igual que vos, no creo que corresponda renunciar y dudo que se pueda. Por otra parte creo que no es beneficioso en cuanto a la cuota de la moratoria. Y el cese ficto significa que para el SICAM se puede tomar como fecha de cese la del último pago de autonomos aunque no se concurra a la AFIP a completar el formulario de baja al impuesto.

 #22734  por ramon
 
[Estimados Sres. no es que se renuncie, sino que no se los tiene en cuenta a los aportes en rrdd, para ganar en ddjj, por ej. si tomas esos dos años te podes perder 7 años de ddjj., no se que periodos tendra este sr., pero si fuera mio y veo que me conviene ,no tenerlos en cuenta ,lo haria , es cuestion de convienencia.

 #22753  por norabe
 
Coincido con Ramón en que los años de rrdd no se renuncian, si pueden ser obviados para hacer autónomo puro, pero, y en esto voy a disentir, aún obviandolos hay que respetar el cese para saber cuantos años de ddjj se pueden utilizar, en este caso si no me equicovo solo pueden tomarse 2 años (cese en el 2006).
También es cierto que si se los toma el trámite ingresa con turno y se demora, siete meses demoró uno de mis trámites con tooodos los aportes en sijp.

 #22756  por liabaires
 
Los aportes en relacion de dependencia si figuran, te van a determinar si o si la fecha de cese, de ahi se determina cuantos años de ddjj aplicas. A mi me rebotaron una porque no me di cuenta y tenia 1 mes en toda una vida laboral de rrdd en el año 98, y tuve que modificar la aplicacion de la ddjj........