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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #22643  por verolagos
 
tengo una clienta pensionada que le inicie una jubilacion posterior la que fue aprobada pero que al momento del pago este fue suspendido porque la moratoria no estaba pagada en su totalidad.
Mi idea es iniciarle una accion de amparo. mi pregunta es si puede ser viable (creo que si) y si alguien ha presentado alguno me pueda asesorar de los plazos y ayudar con algun modelo. Desde ya gracias. Vero.-
 #22663  por Carlos_1
 
hola,
verolagos escribió:tengo una clienta pensionada que le inicie una jubilacion posterior la que fue aprobada pero que al momento del pago este fue suspendido porque la moratoria no estaba pagada en su totalidad.
Mi idea es iniciarle una accion de amparo. mi pregunta es si puede ser viable (creo que si) y si alguien ha presentado alguno me pueda asesorar de los plazos y ayudar con algun modelo. Desde ya gracias. Vero.-
alguien y en algún lado tiene el modelo del recurso de amparo para interponer en ese caso, justamente hace unos dias que estoy tratando de ayudar a una señora (soy un particular nada más) a la cual su abogado le anda "paseando" para poder cobrarle de más por presentar el dichoso recurso...(y eso que la señora no tiene problemas para pagarle, se demora más de la cuenta a propósito, es una verguenza que pasen estas cosas... (ver topic: viewtopic.php?t=5256)

una cosa más que quiero que sepan: anses no apela, le paga a todos, solo quiere que le presenten el amparo por una cuestión política nada más...

si estoy equivocado, me corrigen... y de paso: tengan a bien ayudarnos con esto, gracias...

p/d: presumo que se hacen los distraídos (los que poseen el modelo de amparo) porque parece que les arruina cierto "negocio"... me equivoco? (de ser asi: retiro lo escrito y me disculpo) :roll:
 #22693  por Milka
 
¿Cómo sabés que ANSES no apela y que le paga a todos? ¿De dónde sacaste esa información Carlos? ... Te agradecería si lo podés explicar mejor.
:?
 #22709  por VGalbicka
 
Lo importante acá es:
1) el problema con las pensiones x fallecimiento surge después del 24 de octubre de 2006 por tanto, si adquirió el derecho a acogerse a la ley con anterioridad a esta resolución de ANSES; solamente hacé valer el derecho adquirido, que no puede ser vulnerado por una ley porterior (y mucho menos una circular interna de un organismo). Yo lo haría mediante una simple nota dirigida al area computos de la UDAI, donde se mensione de la fecha de pago de la cuota y la fecha de solicitud del turno (o envio del plan, en caso de web). Tal vez esto sea suficiente, si encuentro una negativa, escucharía el argumento y si no es válido, ahí si amparo.
Resumiendo: Hacé una nota dirigida a quien firmó el rechazo o al area de legales, alegando el derecho adquirido, porque hacer un recurso de amparo en este caso es querer matar una hormiga con una granada.

2) Si yo tengo que hacer un amparo en este tema lo fundaría en lo siguiente:* igualdad entre iguales (nose puede jubilar una pensionada si y otra no durante la vigencia de la misma ley)
*derecho adquirido.
*y fundamentalmente que una resolucion o circular interna de un organismo descentralizado no puede coartar los derechos otorgados por UNA LEY NACIONAL
3) Creo que la funcion de la circular era disminuir el caudal de gente y se logró pero tambien pienso que todos los que hayan hecho el primer pago ( y hasta los casos con pensión) van a poder acogerse a la ley aunque sea con amparo.
4) Es un amparo simple, no hay modelos esotericos lo importante es fundarlo en derechos constitucionales y procede. Es más ya debe existir algún presedente seguro