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  • Resolucion UFI Vte Lopez

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 #310127  por quiron
 
Estimados:
Necesito de sus consejos y orientacion: En una causa por usurpacion de fondo de comercio, le aconseje a mi amiga (victima) que presentara la denuncia ante la UFI, siendo la que corresponde la de Vte Lopez Oeste, en Av San Martin al 4790, mas o menos.- fui la vez pasada, a buscar el número de causa, que no se lo dieron, y la persona de mesa de entradas me dice que esta a la resolucion del fiscal, porque considera que no hay delito, me asombre y le exprese mi asombro, ya que se produjeron diligencias, ni declaraciones, nada de nada, como para decir, "no hay delito", mi pregunta es: Una resolucion de tal magnitud, se apela? y si es apelable: ante quien ? ... que me sugieren o recomiendan hacer ?

N de A: La persona es una amiga que tenia un comercio y su socia, una noche, rompio las cerraduras y se apodero del local sin permitirle pasar, lo esta explotando y mi amiga esta sin su negocio, con las deudas que se generan, ya que la habilitacion municipal y todo (impuestos etc) esta a nombre de ella, y yo no me dedico ni tengo experiencia en Derecho penal.-


Espero sus consejos

Saludos
 #310217  por Advocatus
 
Conforme Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires (Art. 83º, inc. 8 y 9) tu amiga tiene el derecho de procurar la revisión ante el fiscal de cámara departamental, si ha sido desestimada o archivada la denuncia y a reclamar por demora o ineficiencia en la investigación ante el superior inmediato al fiscal interviniente.
 #315978  por quiron
 
Insisto..
Todavia no tuve respuesta de esta UFI (vte lopez Oeste), pero en el caso que lo archiven o desestimen, tengo un recurso ante el Fiscal Departamental, mi pregunta es: Ese recurso se presenta directamente ante la Fiscalia Departamental ? o se eleva por ante la UFI actuante ? y ahi es necesario el patrocinio letrado, verdad ?

Slds
 #316136  por poorlaw
 
El recurso de revisión ante el superior lo presentaría en la fiscalía de cámara (San Isidro), y no requiere patrocinio letrado.

¿Es una sociedad de hecho? Me temo que van a decir que no corresponde investigar la conducta de alguien que impide a su socio ingresar a un local comercial, ya que se trataría de un conflicto para ser resuelto en sede comercial.

Saludos.