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  • LIQUIDACION DESPIDO SIN CAUSA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #310993  por APAN
 
Hola a todos. Necesito hacer él calculo de una liquidación en el marco de un despido sin justa causa.
Los hechos son los siguientes:
Ingreso 6/6/2007
Egreso 25/02/2009.

Salario: $1590

antiguedad 3.180,00
Sac " " 265,00
Preaviso 1.590,00
SAC " " 132,50
Hs. Trab. 1.216,35
Dias Integ. 373,65
SAC % 247,30
Vac no gozadas 178,08
SAC " " 14,84
Hs Extras 95,40

Hasta qui tengo un subtotal de $7.293,12.

Pero el problema es que trabajó en negro hasta el mes de febrero, mes en que fue blanqueada, pero con fecha de ingreso FEBRERO 2009. Por lo cual puedo agregar el ART. 1 de la ley 25.323 por registración deficiente.

Ley 25.323 Art. 1 ........3.180,00

Mi pregunta es la siguiente: Hay alguna otra ley en juego respecto a la irregularidad mencionada ?

Por favor quien lo sepa, ayudeme. Soy nueva en el derecho laboral y temo cometer algún error.
Desde ya mil gracias!!!!
 #311055  por GALA
 
Hola, sobre la irregulariadad planteada, o sea trabajo en negro, incorrecta registracion en el caso mencionado, existe la ley 24013 empelo no registrado, pero para poder hacerla efectiva se deben pedir sus multas en el intercambio telegrafico. Esta ley se aplica en los casos en los cuales la relacion laboral esta vigente y proceden si se curso telegrama a la AFIP de la intimacion al empleador.- Espero te sirve. Suerte!!
 #311056  por DAL
 
La 24013 exige recaudos que seguramente no pudiste cumplir, por lo que la ley 25323 es la que te corresponde.
Fijate que el trabajador pida su clave fiscal. Sucede que estamos en plena moratoria, por lo que segurametne el empleador dio de alta dentro de moratoria al trabajador, y quizá no salga aun en el CAT, la CAT por otro lado debe estar bajo uno de los codigos nuevos ( 201 en adelante). Si es así tal vez el empleador registró la relacion laboral, estaba registrada al momento de la extinción, es decir a febrero. Ahi no corresponderían las multas.

Esto es tambien relevante porque la ley de moratoria a la par que permite a los empleadores regularizar sin pagar los aportes de pocos empleados, al trabajador le cuenta los aportes como SI realizados, por lo que accede al fondo de desempleo.

Asi que fijate bien.
 #311064  por APAN
 
Muchas Gracias.
La ley 24.013 no la tuve en cuenta porque la trabajodora ya estaba en blanco al momento de la extinción.
La ley 25.323 creo que se adecua porque si bien a la blanquearon, la registración es deficiente, porque indicaron como fecha de ingreso febrero de 2009.
 #311165  por GALA
 
La 24013, la podrias haber aplicado de acuerdo al art.9 (empleador que consignare en la documentación laboral una fecha de Ingreso posterior a la real), no importa que ya estuviera en blanco, estaba mal registrada. Por lo tanto la que te corresponde usar es la 23.345.- Tene en cuenta lo q dice DAl sobre la moratoria.- Suerte!! Saludos.-
 #311714  por APAN
 
Muchas gracias a todos! Hice lo siguiente:
Envie telegrama a empleador con el sgte texto:
Buenos Aires, Marzo de 2009.-
Lo intimo a Ud. para que en el plazo legal de 30 días conforme ley 24.013, regularice mi situación laboral, procediendo a registrar mi relación laboral, entregando duplicado de recibos de haberes, donde conste mi real remuneración y fecha de ingreso; registre debidamente el vínculo laboral, consignando real fecha de ingreso y la verdadera remuneración conforme cct aplicable y de acuerdo a lo denunciado en la presente .Destaco que ingrese a laborar bajos sus órdenes en relación de subordinación y dependencia el día ………………………………….. cumpliendo funciones de la cat lab ... desempeñandome como ………………, percibiendo un haber mensual de Pesos …………………..( $.........-), cumpliendo labores de ……………………de ……horas a ………. Horas; habiendo estado siempre bajo sus exclusivas ordenes. Asimismo intimo en igual plazo acredite depositos de aportes previsionales y de obra social ademas de hacerme entrega de los recibos de sueldo en doble ejemplar y en legal forma, caso contrario me veré obligada a iniciar denuncias administrativas y x ley penal tributaria q correspondan y accionar de conformidad a lo previsto en los arts. 9 10 y 15 de la ley 24013. Informo a Ud. q en cumplimieno a lo prescripto en la normativa vigente, pongo en conocimiento de afip la presente solicitud por correcta registracion. Intimo ademas, en el plazo de 48hs ponga a mi disposicion el pago de las diferencias salariales adeudadas desde el inicio de la relación laboral conforme, a categoría de CCT, presentismo, hs extras, asignaciones familiares y cualquier otro beneficio q por ley pudiere corresponderme. Todo ello bajo apercibimiento de considerarme injuriada y despedida por su exclusiva culpa y responsabilidad.
Oueda ud. debidamente notificado"

Y otro a afip:
De conformidad con el art. 47 ley 25345, cumplo en informar que con fecha,....remiti tcl a empleador....domiciliado en .........cuit....... cuya parte pertinente transcribo(copia del telegrama anterior).


Ya que el empleador no ha mandado telegrama de despido, y para que no lo tome como abandono certificamos la negativa de tareas.