Estimados colegas:
LES COPIO UNA CONSULTA QUE LA HICE POR EL HILO DE CIVIL... PORQUE REALMENTE TIENE RELACION CON ESTA CAUSA LABORAL QUE TENGO SOBRE DESPIDO, TRAMITANDO EN CAPITAL... PERO DONDE SE EMBARGARON DOS AUTOMOTORES A UNA CODEMANDADA... Y AHORA CUANDO SE LOS QUIERE SECUESTRAR LOS MISMOS SE ENCUENTRAN EN DOMICILIO DE PROVINCIA ZONA NORTE....
Les queria consultar si alguno de Uds. me puede decir cuales son los pasos a seguir en el siguiente caso:
Se ha solicitado el embargo de dos automotores, en etapa de ejecucion de sentencia.... (es por una demanda laboral... en donde la demandada condenada no pago... por ende se ejecuta la sentencia, se embargan dos automotores... y ahora se los quiere secuestrar a los efectos de proceder con el remate)
Entiendo que en esta etapa, aunque se trate de un caso laboral... se aplica el codigo procesal civil de la nacion... (esta causa laboral tramite en capital) y por ende por eso pregunto en este POst....
El tema es que ahora tengo que secuestrar los automotores embargados... pero estos si bien estan radicados en capital federal... en los hechos los tienen en Provincia de Buenos Aires... a pasitos de la gral paz...
Cuales son los pasos a seguir?
Alguien tiene un modelito de escrito donde solicito esto?
Tengo que pedir que se ordene mandamiento de secuestro? Y pedir ser acompañada por la policia en el caso de que se nieguen.... ser depositaria... Y que mas?
O primero tengo que hacer tipo un mandamiento de citacion de pago... y luego el secuestro?
Disculpen mi ignorancia.. es que soy absolutamente neofita en la materia...
Nunca me paso de tener que llegar a esta instancia para cobrar una sentencia laboral...
Ahora sinceramente veo la necesidad de saber como es el proceso civil para aplicarlo en el ambito laboral... en aquello que queda librado a esa rama especificamente y la ley de procedimiento no lo provee...
Por favor espero comentarios.... y si alguien tiene algun modelito... Seria de mucha utilidad...
Desde ya muchas gracias
Salute
Espero comentarios...
Gracias
Sandrasandranoemiibanez
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Reporta este postResponder con cita Re: secuestro de automotores y modelito ya que estamos...
por sandranoemiibanez el Dom Mar 01, 2009 9:17 pm
A los colegas que les interese:
Estuve viendo el libro de practica forense de grisolia y señala lo siguiente en cuanto al secuestro de bienes que se encuentran en extraña jurisdicion a la del juzgado que ordena la medida....
“El secuestro es trabado mediante un mandamiento, y cuando el bien a secuestrar se halla en jurisdicción extraña a la del juzgado que lo ordena, lo será por mandamiento ley 22.172. Pero cuando en esta diligencia se deba incluir la facultad de requerir el auxilio de la fuerza publica, no corresponde dicho mandamiento ley, sino un oficio ley 22.172, dirigido al juzgado de la jurisdicción del domicilio del bien, para que sea el magistrado de ese juzgado quien disponga el acceso a la fuerza publica local.”
Asi que hice el escrito solicitando el secuestro y ademas ya tengo preparado el oficio.
El tema es que no se a quien va dirigido, si al juzgado de turno en lo civil y comercial o al laboral de turno. Que me dicen Uds. ?????????????????????????????
Una vez que tengo ordenado el secuestro, hago el oficio y una vez firmado por el Juez y el secretario, quería saber cuales son los pasos a seguir.
Como hago para saber cual es el oficial de justicia que corresponde a esa zona? Donde tengo que ir para coordinar hora? Los dos automores estan en Zona Norte, Vicente Lopez.
Espero como siempre sus comentarios que son de suma utilidad para mi.
Gracias y Saludos cordiales.
LES COPIO UNA CONSULTA QUE LA HICE POR EL HILO DE CIVIL... PORQUE REALMENTE TIENE RELACION CON ESTA CAUSA LABORAL QUE TENGO SOBRE DESPIDO, TRAMITANDO EN CAPITAL... PERO DONDE SE EMBARGARON DOS AUTOMOTORES A UNA CODEMANDADA... Y AHORA CUANDO SE LOS QUIERE SECUESTRAR LOS MISMOS SE ENCUENTRAN EN DOMICILIO DE PROVINCIA ZONA NORTE....
Les queria consultar si alguno de Uds. me puede decir cuales son los pasos a seguir en el siguiente caso:
Se ha solicitado el embargo de dos automotores, en etapa de ejecucion de sentencia.... (es por una demanda laboral... en donde la demandada condenada no pago... por ende se ejecuta la sentencia, se embargan dos automotores... y ahora se los quiere secuestrar a los efectos de proceder con el remate)
Entiendo que en esta etapa, aunque se trate de un caso laboral... se aplica el codigo procesal civil de la nacion... (esta causa laboral tramite en capital) y por ende por eso pregunto en este POst....
El tema es que ahora tengo que secuestrar los automotores embargados... pero estos si bien estan radicados en capital federal... en los hechos los tienen en Provincia de Buenos Aires... a pasitos de la gral paz...
Cuales son los pasos a seguir?
Alguien tiene un modelito de escrito donde solicito esto?
Tengo que pedir que se ordene mandamiento de secuestro? Y pedir ser acompañada por la policia en el caso de que se nieguen.... ser depositaria... Y que mas?
O primero tengo que hacer tipo un mandamiento de citacion de pago... y luego el secuestro?
Disculpen mi ignorancia.. es que soy absolutamente neofita en la materia...
Nunca me paso de tener que llegar a esta instancia para cobrar una sentencia laboral...
Ahora sinceramente veo la necesidad de saber como es el proceso civil para aplicarlo en el ambito laboral... en aquello que queda librado a esa rama especificamente y la ley de procedimiento no lo provee...
Por favor espero comentarios.... y si alguien tiene algun modelito... Seria de mucha utilidad...
Desde ya muchas gracias
Salute
Espero comentarios...
Gracias
Sandrasandranoemiibanez
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por sandranoemiibanez el Dom Mar 01, 2009 9:17 pm
A los colegas que les interese:
Estuve viendo el libro de practica forense de grisolia y señala lo siguiente en cuanto al secuestro de bienes que se encuentran en extraña jurisdicion a la del juzgado que ordena la medida....
“El secuestro es trabado mediante un mandamiento, y cuando el bien a secuestrar se halla en jurisdicción extraña a la del juzgado que lo ordena, lo será por mandamiento ley 22.172. Pero cuando en esta diligencia se deba incluir la facultad de requerir el auxilio de la fuerza publica, no corresponde dicho mandamiento ley, sino un oficio ley 22.172, dirigido al juzgado de la jurisdicción del domicilio del bien, para que sea el magistrado de ese juzgado quien disponga el acceso a la fuerza publica local.”
Asi que hice el escrito solicitando el secuestro y ademas ya tengo preparado el oficio.
El tema es que no se a quien va dirigido, si al juzgado de turno en lo civil y comercial o al laboral de turno. Que me dicen Uds. ?????????????????????????????
Una vez que tengo ordenado el secuestro, hago el oficio y una vez firmado por el Juez y el secretario, quería saber cuales son los pasos a seguir.
Como hago para saber cual es el oficial de justicia que corresponde a esa zona? Donde tengo que ir para coordinar hora? Los dos automores estan en Zona Norte, Vicente Lopez.
Espero como siempre sus comentarios que son de suma utilidad para mi.
Gracias y Saludos cordiales.