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  • Empleada domestica. Primer caso...

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #312173  por sanmar70
 
Hola:

Me acaba de llegar mi primer caso, y no estoy muy segura por favor podrían ayudarme?
La señora trabaja desde septiembre de 2007, por 7 horas de trabajo diarias percibe un sueldo de 600 pesos.
Qué base salarial debo tomar en cuenta para la liquidación, porque ella no entraría dentro de la categoría de 8 hs, estaría bien si tomo la de 571 pesos por 4 hs diarias y le sumo por las tres restantes 8,75, es decir, 26,25 pesos?
Cuándo reclamo diferencias salarias tomo lo que me da ésta última cuenta y lo multiplico por 29, que son los meses que tiene trabajados?
los rubros a reclamar serían:
Antiguedad
Sac
Sac proporcional
Vacaciones
vacaciones proporcionales
diferencias salariales

me falta alguno???
MIl gracias.
 #312180  por klaudia7
 
Hola Sanmar, olvidate de la LCT (20744) servicio doméstico se rige por el dt. 326/56 y 7979/56, leelos y en cuanto a la remuneración busca en San Google la escala salarial vigente.
Te comento que esa remuneración que percibe es inferior a la vigente.
 #312242  por sanmar70
 
Gracias Klaudia, pero, entonces vos decis que no van esos rubros???
klaudia7 escribió:Hola Sanmar, olvidate de la LCT (20744) servicio doméstico se rige por el dt. 326/56 y 7979/56, leelos y en cuanto a la remuneración busca en San Google la escala salarial vigente.Te comento que esa remuneración que percibe es inferior a la vigente.
b
 #312267  por klaudia7
 
Nuevamente hola, sí se toman, pero NO como se toma en la LCT. Lee el dto. que te mencione.
 #312295  por angelqueguia
 
Te falta preaviso y sac sobre preaviso.
Las diferencias salariales fijate que ninguno de los 19 meses hayan prescriptos (hasta dos años si no hubo interrupción de prescripción)
Esos $26, 25 acordate que es solo por día, entonces multiplicalo por todos los días del mes. A ese monto, sumado al básico de las 4 hs, entonces le restá lo que efectivamente percibía. Ahora bien, no hagas eso por los 29 meses, pués esta nueva escala es de hace poquito, antes eran menores.
Yo tengo un caso muy parecido al tuyo y me aconsejó DAL. Podés fijate el post.
sanmar70 escribió:Hola:

Me acaba de llegar mi primer caso, y no estoy muy segura por favor podrían ayudarme?
La señora trabaja desde septiembre de 2007, por 7 horas de trabajo diarias percibe un sueldo de 600 pesos.
Qué base salarial debo tomar en cuenta para la liquidación, porque ella no entraría dentro de la categoría de 8 hs, estaría bien si tomo la de 571 pesos por 4 hs diarias y le sumo por las tres restantes 8,75, es decir, 26,25 pesos?
Cuándo reclamo diferencias salarias tomo lo que me da ésta última cuenta y lo multiplico por 29, que son los meses que tiene trabajados?
los rubros a reclamar serían:
Antiguedad
Sac
Sac proporcional
Vacaciones
vacaciones proporcionales
diferencias salariales

me falta alguno???
MIl gracias.