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  • SUSPENSION DE EMPLEADO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #315303  por mariaana
 
Les cuento mi caso a ver si pueden ayudarme. Acabo de suspender a una empleada por 2 días y quiero saber si hice bien. La Sra. es una portera de un edificio. Resulta que un vecino deja anoche en el pasillo de uno de los pisos un artefacto de baño de unos 15 kilos semi nuevo porque al otro dia lo iban a avenir a buscarlo los compradores del mismo. Al otro dia se levanta y el aparato no esta. Le pregunto a la portera y me responde con evasivas y luego me dice que se lo dio a alguien. o sea llamó a alguien para que lo venga a buscar. No me pregunten si lo vendió o que porque jamás logré que me de esa información. En la suspensión yo puse todo esto y que el artefacto había sido vendido por la portera. Mi pregunta es si ella podría llegar a reclamar daño moral en caso de despido. A Uds. que les parece?? Soy abogada, pero también copropietaria así que por ahí no soy muy objetiva en el caso. Acepto sus aportes. Desde ya muy agradecida!!!!
 #315338  por mariaana
 
Aclaro que la suspensión ya fue firmada por la empleada
 #315499  por DAL
 
Ahora esperá la respuesta.
En las sanciones trata de poner los hechos más probables.
En lugar de decir "vendio" cosa que no te consta, podés poner "dispuso del artefacto" sin autorizacion y demás, entonces hacés la misma afirmacion pero más amplia.
 #315677  por mariaana
 
Ok. No creo que vaya a haber respuesta porque la empleada ni leyó lo que firmó. No le mandé la notificación de la suspensión por carta documento. Te cuento, además, que es una señora de 68 años que no tiene mas que quince años de aportes y ya no le da ni el físico ni la mente para seguir trabajando. Estamos analizando que estrategia tomar en un tiempo breve para poder prescindir de ella. Igual no tiene que ver con la suspensión. Muchas gracias Dal!!!
 #315721  por DAL
 
En dos años más se puede jubilar por edad avanzada, si es que hoy no decide entrar en la moratoria y ya acogerse a la jubilacion.
Podrian charlar con ella y ver si sabe estas posibilidades.
 #315968  por marielfrias
 
Hola en respuesta a tu duda por la suspension, en pimera instancia jamas pongas una acusacion que no vas a poder probar , menos una acusacion de un ilicito, yo ya me hubiese considerado despedida, ademas el tema de dejar cosas en los pasillos asi como en cualquier parte comun de un edificio esta prohibido, la encargada no podia saber si el artefacto era de alguien, por lo menos le hubiesen avisado, porque es costumbre tambien que quien deja una cosa afuera de su dto es para tirarlo, te lo digo porque administro consorcios y mas de una vez nos hemos metido en lio por acusar de una minima cuestion al encargado. es mas ella estando en funcion tambien puede tirar cualquier cosa que encuentre en los pasillos.el propietario debe dar aviso al encargado cuando va a realizar trabajos en su dto por el motivo de dejar cosas en el pasillo.El gremio de los encargados es un GRAN GREMIO, es raro que esta señora haya firmado esa suspension, seguramente no esta asesorada , para bien de tu consorcio.
 #316053  por mariaana
 
Te agradezco por tu opinión también MAriel. Se lo que decís respecto del Sindicato porque mi marido administra el consorcio de este edificio. Solo que a nosotros nos indigna porque no hace nada en todo el día, se va del edificio en cualquier horario y desaparece por horas, no le da mas la cabeza, etc. Si le pedís algo no te lo hace y sí pudo en cuestión de 3 o 4 horas encargarse de que alguien venga a buscar el artefacto, que pesa como 15 kilos. Realmente es una situación difícil. Por eso antes dije que puedo no ser objetiva en el caso y se lo voy a llevar a otro colega que es muy buen laboralista para que vea que se puede hacer porque son muchas las opciones. Desde ya muchisimas gracias por sus respuestas. Me son de mucha utilidad!!
 #316092  por DAL
 
Mariana: hacés bien, si crees que el caso te supera (porque te exaspera) derivalo porque la objetividad, y la mente fria son nuestros aliados.
Mariel: firmar la sancion es NOTIFICARSE de la misma, no consentirla, creo que confundís los efectos. Como empleada dependiente tiene el deber de notificarse de todo, luego se verá si consiente o no la sanción. Esta distinción debés tenerla presente sobre todo si manejás consorcios ya que tratas con empleados.